Así lo ha determinado el juez en una providencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, mediante la que establece, ante la petición de Krasfarma, que "no ha lugar a lo solicitado, puesto que la escritura de compraventa de la unidad productiva solo compete a las partes que participan de la misma", que en este caso son Pharmex, la adjudicataria, y los administradores concursales.
Contra esta resolución, según ha señalado el magistrado, cabe la posibilidad de que Krasfarma, si así lo estima, presente recurso de reposición ante el propio Juzgado de lo Mercantil, lo cual no paralizará la compraventa de Pérez Giménez, cuya adjudicación a Pharmex ya recurrió Krasfarma el pasado julio.
Ahora y respecto a la solicitud de acceso a las escrituras, el juez aclara en su providencia que, en caso de ser recurrida por Krasfarma, dicha sociedad deberá detallar "la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso".
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