Tribunales.-El TSJA avala la legalidad del Plan de Ordenación de Regadíos de la Corona Norte de Doñana

  • El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha avalado la legalidad del Plan de Ordenación de Regadíos de la Corona Norte de Doñana, aprobado en diciembre del 2015 por la Junta de Andalucía, al desestimar los recursos interpuestos por agricultores y por una sociedad cooperativa tras considerar que el decreto se ajusta a la norma.

Según reza en la sentencia del alto tribunal andaluz, a la que ha tenido acceso Europa Press, los agricultores y la sociedad pedían su revocación al entender que era "nula de pleno derecho por vulnerar la regulación reglamentaria sobre la materia".

En el recurso solicitaban además la nulidad del decreto por el que se aprobó el Plan de Ordenación del Territorio del Ámbito de Doñana (Potad). Del mismo modo, los recurrentes alegaron la invasión de competencias que son propias del Estado, al regular los decretos materias que inciden en el dominio público hidráulico, las comunidades de usuarios, los recursos naturales, la conservación de espacios naturales, montes y transferencia de recursos hídricos intercuencas. Sin embargo el TSJA señala que "no hay una impugnación concreta de preceptos que invadan las competencias del Estado señaladas".

Así, el TSJA rechaza que el plan de los regadíos invada competencias estatales para regular los caudales del Guadalquivir y Guadiana, que afectan a la zona delimitada por ambas normas, al tratarse de cuencas intercomunitarias, competencia del Estado.

Por último, incide en que el citado plan de la corona forestal del norte de Doñana es "compatible" con lo que establece el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Guadalquivir, a la par que rechaza la vulneración del derecho de propiedad y de la autonomía local.

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