En este caso, el fiscal no presentó acusación al considerar que no había delito, mientras la acusación particular pedía para cada uno de ellos 5 años de cárcel.
La acusación particular cifraba en más de 180.000 euros el dinero del que, supuestamente, se habría apropiado la pareja.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se constata que la pareja, cuando murió el marido de la tía, se hizo cargo de la gestión del alquiler de cinco pisos, un local comercial y dos viviendas en Campo de Criptana.
La resolución judicial señala que para que haya apropiación indebida se debe esperar a acabar el plazo acordado para la devolución de lo comprometido, y no con el mero retraso en las cantidades a satisfacer.
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