Los ‘segways’ se prohibirán en las aceras de Barcelona y para los niños menores de 16 años

  • Barcelona prevé aprobar en el primer trimestre del año próximo una regulación para estos vehículos y similares.
  • La propuesta se presentó el pasado miércoles y contempla que estos abandonen las aceras y estén prohibidos en la vía pública para los menores de 16 años.
  • La regulación prevé normas diferentes en función del tipo de vehículo.
El uso de estos vehículos a motor se regularizará en la ciudad de Barcelona.
El uso de estos vehículos a motor se regularizará en la ciudad de Barcelona.
ACN
El uso de estos vehículos a motor se regularizará en la ciudad de Barcelona.

El gobierno municipal de Ada Colau espera que Barcelona deje de ser un territorio sin ley para segways e ingenios eléctricos similares –los llamados vehículos de movilidad personal (VMP)– y ciclos de más de dos ruedas a partir del primer trimestre de 2017. Es entonces cuando está previsto que se apruebe la propuesta de ordenación para estos aparatos, que ya está lista, se presentó el pasado miércoles y contempla, a grandes rasgos, que estos abandonen las aceras y estén prohibidos en la vía pública para los menores de 16 años. Al detalle, la regulación, que pretende acallar quejas de peatones, es más compleja, pues prevé normas diferentes en función del tipo de vehículo.

Los que tienen un peso igual o inferior a 25 quilos serán los de tipo A y podrán circular por carriles bici, calles con plataforma única y parques. A la hora de estacionarlos, se prohibirá atarlos a árboles, mobiliario urbano, frente a zonas de carga y descarga, en lugares reservados a otros usuarios o cuando se impida el paso de los peatones. Será obligatorio identificarlos si son para alquilar.

En cuanto a los vehículos con un peso de más de 25 quilos y hasta 50 quilos –es el caso de los segways–, se clasificarán como de tipo B y las condiciones serán las mismas que para los de tipo A con una excepción: también podrán moverse por las calzadas de las calles 30.

Estarán, por último, los vehículos de clase C, con un peso superior a los 50 quilos pero igual o inferior a los 300 y con más de dos ruedas. Los que sean para uso personal deberán seguir las mismas normas que las bicicletas –estas aún pueden circular por las aceras pero está previsto impedírselo cuando haya una red segura de carriles bici en la calzada–. Los que se empleen para alquilarlos podrán ir por carriles bici, calles con plataforma única y calzadas de calles 30 o secundarias para la movilidad de la ciudad. Su identificación será obligatoria y solo podrán estacionar en sitios habilitados, lo mismo que pasará con los de tipo C que se usen para distribuir mercancías. Estos deberán circular por carriles bici, vías con plataforma única y calzadas de calles 30 y únicamente podrán usar las aceras si estas tienen más de 4,75 metros y si es para acceder a un local.

La regulación también establece que los vehículos se alquilen siempre con guía y que los grupos de entre tres y seis personas –el máximo– vayan por rutas marcadas. Además, prevé la obligatoriedad de casco para los de tipo A de alquiler y para todos los de clase B. Las infracciones se sancionarán con multas de hasta 100 euros si son leves, de hasta 200 si son graves y de hasta 500 en el caso de las muy graves.

345 multas

La Guàrdia Urbana impuso 345 multas por circular con VMP por el frente marítimo en verano, cuando se prohibió temporalmente. Allí y en Ciutat Vella están la treintena de empresas de alquiler de Barcelona. Desde la asociación BETTA, que agrupa a 10, no quisieron valorar ayer la nueva propuesta de regulación porque, aseguraron, no han tenido acceso a ella.

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