No podrá visitar a su hijo, entre otros motivos, porque ya llama "mamá" a su madre de acogida

  • La madre biológica no podrá mantener un régimen de visitas con este porque el pequeño se encuentra plenamente integrado en la familia adoptante.
  • Así se recoge en una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Murcia.
  • La sentencia también tiene en cuenta la esquizofrenia paranoide que padece y que había incumplido sus obligaciones maternales.
Una mujer paseando en la calle con un niño.
Una mujer paseando en la calle con un niño.
EUROPA PRESS
Una mujer paseando en la calle con un niño.

La madre biológica de un niño de corta edad no podrá mantener un régimen de visitas con este porque el pequeño se encuentra plenamente integrado en la familia adoptante, hasta el punto de que al referirse a los integrantes de esta lo hace con expresiones como "mi mamá" y "mi abuela".

Así se recoge en una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Murcia, que desestima el recurso que la mujer presentó contra la resolución del Juzgado de Familia de Murcia que denegó el régimen de visitas que había solicitado.

En su apelación ante la Audiencia, la afectada expuso que las circunstancias que la rodeaban y que motivaron que el servicio del menor de la Comunidad Autónoma de Murcia asumiera la tutela del niño y lo diera en adopción habían desaparecido, por lo que aseguraba que se encontraba en condiciones de poder visitarlo.

El tribunal, al desestimar el recurso, señala que la apelante no ha acreditado "ni siquiera mínimamente" ese cambio, y recuerda que el Juzgado, al no acceder a su petición tuvo en cuenta la esquizofrenia paranoide que padece.

Y, también, que no había cumplido con sus obligaciones maternales, ya que no controló su embarazo, consumía excesivamente alcohol y no acudía a los controles médicos, hasta el punto de que el pequeño nació fuera de un centro hospitalario.

Señala también la sala que una prueba de su despreocupación es que ni siquiera asistió al juicio en el que se iba a decidir sobre su petición de que se fijara un régimen de visitas al menor.

El tribunal tiene en cuenta también para mantener la resolución judicial que el niño está plenamente integrado en la familia de acogida, "con la que mantiene vínculos afectivos sólidos y seguros, con un fuerte sentimiento de pertenencia a la misma, hablando espontáneamente de 'mi casa', 'mi mamá', 'mi abuela', situación que puede, a su corta edad, verse desestabilizada con la aparición novedosa de una nueva madre".

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