Un experto en Derecho dice que la inmatriculación de la Mezquita acabó con la discriminación de la Iglesia

  • El profesor de Derecho Procesal de la Universidad Complutense de Madrid José Manuel Chozas ha afirmado este jueves en la capital cordobesa que "la inmatriculación de la Mezquita (de Córdoba) por parte del Cabildo (Catedral) supuso el fin de la discriminación de la que era objeto la Iglesia (Católica) frente a otras confesiones".
Interior de la Mezquita-Catedral de Córdoba
Interior de la Mezquita-Catedral de Córdoba
EUROPA PRESS
Interior de la Mezquita-Catedral de Córdoba

Según ha informado el Foro Europa Ciudadana, así lo ha destacado Chozas durante su participación en el ciclo de conferencias sobre 'La libertad religiosa en la Unión Europea', que el citado foro organiza en Córdoba, ofreciendo Chozas una ponencia en torno al concepto de la inmatriculación de los templos religiosos en el ordenamiento jurídico español, cuestión ésta que ha generado un intenso debate en España.

Con una conferencia titulada 'La inmatriculación de templos religiosos en el Derecho Español', el profesor de Derecho Procesal, según el Foro, "ha desmontado algunos de las afirmaciones que se han venido vertiendo en torno a la inmatriculación de templos religiosos".

En ese sentido, Chozas ha señalado que "la inmatriculación no añade nada relevante al estatus jurídico de un bien y por esta razón no fue necesario registro alguno, en la medida en que la propiedad de ese bien era obvia, como en el caso de las templos religiosos".

Sin embargo, según ha señalado el profesor Chozas, "solo cuando a otras confesiones religiosas se les permite registrar sus templos de culto y reunión, se modifica la Ley Hipotecaria para evitar que la Iglesia Católica fuese discriminada respecto a otras religiones".

Según ha indicado el profesor de la Universidad Complutense, esta modificación de la Ley Hipotecaria, que permitió la inmatriculación de la Mezquita-Catedral de Córdoba, "sirvió para afianzar la titularidad explícita de un bien dotándolo de seguridad jurídica y otorgándole la publicidad que aporta el Registro".

De hecho, José Manuel Chozas ha argumentado que "la inmatriculación aporta la seguridad jurídica que ya la notoriedad y la evidencia del culto, además de la posesión legítima e inmemorial, habían otorgado por la vía de los hechos".

A este respecto, el presidente de Foro Europa Ciudadana, José Carlos Cano, ha asegurado que "quienes aluden a la inmatriculación como argumento para acusar a la Iglesia de haberse apropiado de este monumento emplean argumentos falsos", ya que "la inscripción en el Registro de la Propiedad, mediante la inmatriculación, no tiene carácter constitutivo sino declarativo, es decir, otorga publicidad sobre la propiedad, pero no otorga la propiedad".

En el caso de la Mezquita de Córdoba, cuya inmatriculación ha generado un intenso debate, el presidente de Foro Europa Ciudadana ha señalado que "no es cierto que la Iglesia se apropiara de la Mezquita-Catedral a través de la inmatriculación. Lo único que hizo la Iglesia es dar publicidad, a través del registro, a un bien, en este caso la Mezquita de Córdoba, que ya poseía".

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