Un juzgado asturiano aplica la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE para indemnizar a dos trabajadores

  • El juzgado de lo Social número 1 de Avilés ha dado la razón a dos trabajadores de la empresa privada y ha elevado la cuantía de su indemnización. Para ello, el juez se ha basado en la reciente resolución del Tribunal de Justicia de la UE, que eequipara los derechos de los trabajadores con contratos temporales a los de los empleados fijos cuando finaliza la relación laboral.

Según ha informado el sindicato UGT a través de una nota de prensa, se trata del primer caso conocido en Asturias que aplica la doctrina del mencionado tribunal y que reconoce a los dos trabajadores, que tenían contrato de obra y servicio,

el derecho a

percibir una indemnización por despido de 20 días por año trabajado.

El fallo considera que "si bien los trabajadores demandantes no habían suscrito un contrato de interinidad, como en el caso de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión, sí que habían suscrito otro tipo de contrato temporal, por obra, cuyas consecuencias en materia de extinción, como se ha analizado, difieren de las habidas para con los trabajadores con contrato indefinido en supuestos iguales, lo cual se opone a la directiva comunitaria".

Continúa señalando que la directiva es aplicable y que, habiendo efectuado el Tribunal Europeo la interpretación que ha hecho, se ha de estar a la misma y concluir que "no se puede discriminar a los actores en cuanto a la indemnización por la extinción en la relación laboral como consecuencia del tipo de contrato suscrito". Por consiguiente, establece que tienen derecho a igual indemnización que la que correspondería a un trabajador fijo.

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