En rueda de prensa, responsables de Comisiones Obreras, encabezados por su secretario general, Jose Ruano, han alentado a los trabajadores temporales a que acudan a los servicios jurídicos del sindicato en caso de despido.
Así, han explicado que tras las tres sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del pasado 14 de septiembre la situación "se ha alterado profundamente" y, ya, el sindicato está tramitando un centenar de casos.
"Las tres sentencias, aun fallando sobre cuestiones conceptualmente
diversas, presentan el común denominador de abordar casos de trabajadores de régimen laboral y personal funcionario cuyos
contratos
o nombramientos son de naturaleza temporal", ha explicado.
Así, ha dicho, se ha producido una "modificación directa, de facto, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Ley del Estatuto Marco,
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y concordantes".
Como resultado, se cambia el escenario de las indemnizaciones para casos como el despido objetivo de un temporal, "y no hay causa más objetiva que el retorno de un trabajador al puesto que está ocupando un interino".
"Ya no cabe duda", ha considerado, "desde el 14 de septiembre de 2016
todas las modalidades de contratación temporal, tanto en el ámbito de lo público como de lo privado, tienen derecho a una indemnización de veinte días por año, con el máximo de una anualidad, cuando se extingan por razones objetivas".
Además, ha dicho, el tribunal reconoce el "constante fraude operado mediante la contratación temporal por las Administraciones Públicas
españolas, al ocultar necesidades permanentes y estructurales mediante contrataciones temporales continuadas".
Ha añadido que "también se obliga a la Administración Pública española a reconocer la condición de personal funcionario indefinido
no
fijo si el encadenamiento previo de contratos temporales era fraudulento".
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