Un cura bendice el amor y la unión de dos mujeres en la iglesia de un pueblo de Castellón

  • Lucía y Carmen se casaron el 29 de julio en una boda civil en el Ayuntamiento de la localidad castellonense de Onda.
  • Un día después, el cura Don José García dio la "bendición" a su unión en un acto celebrado en la iglesia parroquial de San Bartolomé.
  • El Obispado ha abierto un expediente al religioso para determinar si es necesario imponer medidas disciplinarias al párroco, que ya ha pedido disculpas.
Un cura bendice el amor de Lucía y Carmen en la parroquia de San Bartolomé, el pasado 30 de julio, en Onda (Castellón).
Un cura bendice el amor de Lucía y Carmen en la parroquia de San Bartolomé, el pasado 30 de julio, en Onda (Castellón).
INFOVATICANA.COM
Un cura bendice el amor de Lucía y Carmen en la parroquia de San Bartolomé, el pasado 30 de julio, en Onda (Castellón).

Lucía y Carmen se casaron por lo civil el pasado 29 de julio en el Ayuntamiento de Onda, en Castellón. Solo 24 horas después, ambas mujeres quisieron celebrar su unión de forma religiosa y el cura Don José García dio la "bendición" a su unión y amor en un acto celebrado en la iglesia parroquial de San Bartonolomé de la citada localidad, según informa infovaticana.com. El gesto, le ha costado al párroco tener que pedir perdón de forma pública y un expediente para investigar lo ocurrido.

El Obispado de Segorbe-Castellón ha iniciado un proceso informativo ante la "bendición" de la unión de las dos mujeres celebrada el pasado 30 de julio, con el objetivo de determinar si es necesario imponer medidas disciplinarias al párraco.

Así, en un comunicado de prensa publicado en la página web del Obispado, se indica que nada más conocerse el hecho, el vicario general se entrevistó con el cura párroco de la parroquia de Onda, al que requirió información completa sobre lo acontecido y sobre el desarrollo del acto.

El cura justificó que no se trató de "una celebración del matrimonio, sino de una bendición", según la información de la web. Asimismo, se le pidió que aclarase los motivos por los que actuó de esta manera. Igualmente, el obispo se entrevistó con el cura párroco, a quien advirtió de la "gravedad" del hecho, "aunque sólo hubiera sido una bendición, más allá de sus buenas intenciones".

"Una aplicación errónea de la misericordia"

Según el Obispado, el cura ha reconocido ante el obispo el "grave error" de su actuación, que estuvo motivado por una "aplicación errónea de la misericordia", al no haber distinguido la acogida y acompañamiento pastoral de las personas, de una parte, y, de otra parte, la "aparente" aprobación de una unión que la Iglesia "no puede aprobar".

Asimismo el cura ha pedido perdón a la Iglesia y a todos aquellos para los que su actuación pudiera ser motivo de "escándalo" y ha prometido que "nunca" más volverá a llevar a cabo un actuación igual o similar.

En dicho comunicado, el Obispado aclara que, como afirma el Catecismo de la Iglesia Católica, en su punto número 2358, "toda persona, independientemente de su tendencia sexual, ha de ser respetada en su dignidad y acogida con respeto, procurando evitar todo signo de discriminación injusta, y particularmente cualquier forma de agresión y violencia".

Respecto de la equiparación de las uniones entre personas homosexuales con el matrimonio o de actuaciones que pudieran entenderse en este sentido, se afirma, "en comunión con el Papa Francisco", que "no existe ningún fundamento para asimilar o establecer analogías, ni siquiera remotas, entre las uniones homosexuales y el designio de Dios sobre el matrimonio y la familia".

Así pues, el Obispado considera que contradice "gravemente" esta doctrina de la Iglesia Católica "no sólo pretender celebrar ante la Iglesia un matrimonio entre personas del mismo sexo, sino también presidir la celebración de la bendición de una unión civil previa entre personas del mismo sexo".

De esta forma, el Obispado ha iniciado el proceso informativo "acostumbrado" para sopesar si se dan en el caso los elementos necesarios para las medidas disciplinares establecidas en el Código de Derecho Canónico.

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