Los ayuntamientos rechazan que las ayudas de planes de empleo se vinculen a salarios y número de contratos

  • La Comisión Ejecutiva de la Federación Asturiana de Concejos (FACC) acordó este viernes no aceptar la propuesta de bases reguladoras y de convocatoria de los Planes Locales de Empleo 2016/2017 elaborada por la Consejería de Economía y Empleo. El motivo es no haber atendido a la demanda de vincular la ayuda únicamente a un plan global de obras, y no al número de contratos o a las condiciones salariales.
Comisión Ejecutiva de la FACC.
Comisión Ejecutiva de la FACC.
FACC
Comisión Ejecutiva de la FACC.

Respecto a las bases y de la convocatoria de los Planes Locales de Empleo 2016/2017, la Comisión Ejecutiva de la FACC aprobó dirigirse al Gobierno del Principado para expresar su disconformidad con la propuesta presentada al entender que no resuelve la indefensión jurídica de los Ayuntamientos ante las demandas que pudieran plantear sus beneficiarios.

En su acuerdo, la Comisión Ejecutiva expone que la propuesta no atiende la solicitud efectuada por la FACC de vincular la subvención exclusivamente a un plan global de obras y servicios a ejecutar, sin aludir al número de contratos a realizar ni a los módulos salariales que se deberán aplicar, tal como hace. La FACC constata además que "nuevamente la única tipología de contrato aplicable a estos planes es el de obras o servicios; obras y servicios a realizar por las Corporaciones Locales tienen acotadas en la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local".

La Comisión Ejecutiva considera que este marco normativo entra en conflicto con el criterio de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, para quien el objeto del contrato temporal no podrá consistir en una actividad habitual u ordinaria, con carácter permanente de la Administración; actividades habituales u ordinarias con carácter permanente que son precisamente las únicas que cabe realizar según la propuesta de bases reguladoras trasladas a la FACC por la Consejería de Economía y Empleo.

Para la Federación Asturiana de Concejos, este conflicto normativo continúa dejando a los Ayuntamientos en indefensión legal ante las demandas que pudieran presentar sus beneficiarios, como demuestran las sucesivas sentencias que siguen condenando a los Ayuntamientos asturianos a considerar a un importante número de beneficiarios como indefinidos, que no fijos, y, en consecuencia, a equipar su retribución a la establecida en el convenio municipal desde el inicio de su contrato.

Ante esta situación, la Comisión Ejecutiva de la FACC acuerda no aceptar la propuesta de bases ni la propuesta de la convocatoria y trasladar a la Consejería de Economía y Empleo la necesidad de que ambas vinculen la subvenciones a planes globales de obras y servicios para intentar evitar, en la medida de los posible, los evidentes problemas legales del

modelo actual.

Además, en esta comunicación al Gobierno del Principado también se plantearán otras cuestiones relativas al Itinerario Personalizado de Inserción, a los plazos del pago de las subvenciones o a las revocaciones de las ayudas.

AUMENTO DE LA PARTIDA DE ESCUELAS INFANTILES

La Comisión Ejecutiva de la FACC acordó igualmente dirigirse al Gobierno del Principado para solicitar que incremente sustancialmente en 2017 la partida presupuestaria destinada a la red pública de Escuelas de Primer Ciclo de Educación Infantil. Para la entidad municipalista asturiana, el incremento de la aportación económica de la Administración autonómica asturiana es requisito ineludible para mantener las 66 escuelas que prestan servicio en 38 concejos asturianos y sus actuales niveles de calidad.

Para la FACC, este incremento presupuestario también es necesario para afrontar la equiparación salarial del personal técnico de estos centros educativos, una cuestión que preocupa especialmente a los municipalistas asturianos. En este sentido se recuerda que actualmente mientras en determinados concejos el personal técnico de estas escuelas se rige por un convenio de referencia de 2002, en otros se les aplican los convenios municipales correspondientes, generando con ello una importante disparidad den el nivel de las retribuciones.

Asimismo, la Comisión Ejecutiva recuerda la incertidumbre que actualmente existe sobres el régimen competencial de los Ayuntamientos, puesto que el Tribunal Constitucional ha emitido ya dos sentencias anulando determinados aspectos de la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de las Administraciones Locales y existen otros muchos recursos abiertos contra esta norma cuyo resultado pudiera llegar a cambiar la única competencia de las Corporaciones Locales en materia de Educación: cooperar en la creación, construcción y mantenimiento de los centros públicos de Enseñanza, intervenir en sus órganos de gestión y la vigilancia del cumplimiento de la escolarización obligatoria.

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