ANPE-Rioja critica "la disparidad de criterio de aprobados en las pruebas de ingreso al cuerpo de maestros"

  • ANPE-Rioja critica en una nota de prensa "la disparidad" de criterio de aprobados en las pruebas de ingreso al cuerpo de maestros así como "la alteración sustancial de la lista de interinos a dicho cuerpo".

ANPE-Rioja recuerda que la resolución de 5 de abril de 2016 convocó procedimiento selectivo para ingreso y acceso al Cuerpo de Maestros, cuyas diferentes fases (oposición y concurso) están próximas a finalizar cuando la Consejería de Educación publique la lista de seleccionados en cada una de las siete especialidades convocadas.

Estos procesos selectivos tienen "una trascendencia y repercusión importante para todos los afectados (participantes, miembros de tribunales, Administración, Sindicatos, etc.), pero, sobre todo, la tienen para aquellos aspirantes que se juegan su futuro profesional, personal y familiar después de una intensa preparación o de varias intentonas anteriores frustradas".

Por ello, desde ANPE-RIOJA "siempre hemos pedido la máxima objetividad, justicia y transparencia en dicho proceso, que pasan, entre otros aspectos, por tribunales voluntarios, publicidad de criterios de evaluación, separación absoluta de las fases del proceso y uniformidad en las decisiones (aprobados) de los tribunales de las diferentes especialidades".

Dado que de los anteriores aspectos, "el primero se niega en rotundo la Consejería y el segundo se intenta cumplir por los tribunales", en esta ocasión para ANPE-Rioja "ha fallado en algunas especialidades el tercero y cuarto, la separación de las fases del proceso y la uniformidad de los tribunales de algunas especialidades para decidir el número de aprobados de cada prueba".

Para ello, la convocatoria y el sentido común "establecen que se debe separar totalmente el número de aprobados de la fase de oposición y el número de plazas que se convocan, pues de lo contrario se distorsiona el concepto y finalidad que tiene dicha fase, que no es otro que valorar la posesión de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente", tal como señala la base 8.2 de la convocatoria.

Igualmente "si no se actúa con dicho concepto y finalidad, se trastocan enormemente los derechos de los aspirantes afectados que han optado por trabajar de interinos si no son seleccionados, pues la superación de la primera prueba o de las dos de que consta la fase de oposición tiene trascendencia en la valoración de méritos para la lista de interinos (apartado 1 del Baremo de la Orden 3/2016, de 31 de marzo)".

"De ahí que vulnera los requisitos de objetividad, justicia y transparencia de los que antes hablábamos, el hecho de que en determinada especialidad, Inglés, los Tribunales, amparándose en la discrecionalidad técnica que les concede la Jurisprudencia, hayan optado por considerar aptos en la segunda prueba (después de que en la 1ª prueba lo hicieran con 28 aspirantes) al mismo número de aspirantes que plazas convocadas, ocho".

Todo "cuando la propia convocatoria fija el sistema para ponderar las puntuaciones de la fase de oposición (2/3) y de la de concurso (1/3), antes de fijar la calificación final o global que se debe tener en cuenta para establecer el nº de seleccionados en función de las plazas convocadas".

Por establecer un término de comparación válido, en la especialidad de Música, donde se convocaban el mismo nº de plazas, ocho, los dos tribunales han considerado aptos en la 1ª prueba a 45 aspirantes y en la segunda a 20, cuando el nº de aspirantes por tribunal era similar en todas las especialidades. "Este mismo criterio (aprobar al que se lo merece, no aprobar en función de las plazas convocadas), ha sido la tónica dominante en el resto de tribunales y especialidades".

Por último, "denunciamos la alteración sustancial que ha tenido la lista de interinos del Cuerpo de Maestros a consecuencia de la participación en el proceso selectivo y originada por el nuevo Baremo de la antedicha Orden 3/2016, de 31 de marzo, que tras un duro proceso de negociación ANPE-RIOJA no apoyó (sólo lo fue por un Sindicato), ya que preveíamos, como así ha resultado, una pérdida de derechos de los interinos afectados, así como una alteración sustancial en el orden de dicha lista respecto a los criterios que regían la anterior, producto de un consenso en la Mesa Sectorial en 2006, que ahora la nueva Orden no ha tenido".

Igualmente dicha lista "ha sido modificada por los errores que contenía, los cuales persisten tras dicha modificación, lo que produce que el descontento y malestar de los afectados se multiplique notablemente".

Mostrar comentarios

Códigos Descuento