El Supremo archiva otra denuncia contra Pablo Iglesias por los pagos de Venezuela

  • El auto concluye que la iniciativa se basa en "simples noticias" y que los hechos no son constitutivos de un delito de financiación ilegal.
  • El denunciante alegaba que el Gobierno de Maduro efectuó un pago de 272.325 dólares a Iglesias a través de un banco situado en un paraíso fiscal.
Pablo Iglesias, junto a miembros de Podemos en la Asamblea Fundacional
Pablo Iglesias, junto a miembros de Podemos en la Asamblea Fundacional
EUROPA PRESS
Pablo Iglesias, junto a miembros de Podemos en la Asamblea Fundacional

La Sala de lo Penal de Tribunal Supremo ha archivado la denuncia presentada contra Pablo Iglesias por supuestos pagos por asesoramientos al Gobierno de Venezuela al considerar que los hechos denunciados en la misma no son constitutivos de delito.

El auto, según informó el Supremo,  indica que la denuncia se basa en "simples noticias", difundidas a través de medios de comunicación, que no constituyen verdaderos indicios.

El denunciante alegaba que el Gobierno de Nicolás Maduro efectuó un pago de 272.325 dólares a Pablo Iglesias a través de un banco situado en un paraíso fiscal, en marzo de 2014, dos meses después de la fundación de Podemos. También argumentaba que la orden de las autoridades venezolanas se camufló como un pago de "asesorías para el desarrollo social en el país".

La Sala Segunda considera que no existe apariencia delictiva en los hechos denunciados, pues el pago por asesoramientos al Gobierno de Venezuela "no constituye el delito de financiación ilegal", que por primera vez se tipificó en la reforma de 2015, ni tampoco blanqueo de capitales o fiscal, pues para su existencia tendría que constar el origen delictivo de los bienes y no consta la elusión del pago de tributos por esa cantidaden la cuantía que establece el Código Penal.

La institución explica que la denuncia se acompañaba de tres fotocopias donde "no se ofrece elemento o principio de prueba" alguno.

"La mera publicación de informaciones en los medios de comunicación no puede justificar la apertura de un procedimiento penal para su investigación si la denuncia que los incorpora, como es el caso, no aporta u ofrece algún indicio de su comisión que pueda ser calificado como accesible y racional".

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