Nueve personas condenadas por insultos en las redes a la jueza del caso de una falsa violación

  • Se les impone a cada uno la multa de 1.350 euros y el pago de una indemnización de 1.500 euros a la magistrada por el daño moral.
Panorámica de una de las calles de Málaga engalada durante la Feria.
Panorámica de una de las calles de Málaga engalada durante la Feria.
Jorge Zapata / EFE
Panorámica de una de las calles de Málaga engalada durante la Feria.

El Juzgado de lo Penal número 11 de Málaga ha condenado a nueve personas por un delito de injurias graves con publicidad por los insultos vertidos en las redes sociales contra la jueza que instruyó el caso de la falsa violación en la Feria de Málaga de 2014. Así, se les impone a cada uno la multa de 1.350 euros y el pago de una indemnización de 1.500 euros a la magistrada por el daño moral.

El 17 de agosto de 2014 una chica de 20 años denunció haber sido víctima de una agresión sexual en el recinto ferial de Cortijo de Torres, en la que, supuestamente, se habían visto implicados varios jóvenes. La titular del juzgado de Instrucción al que correspondió el caso los dejó en libertad y al día siguiente archivó la denuncia, siendo la joven posteriormente condenada por denuncia falsa.

A raíz de la puesta en libertad de los denunciados, varios ciudadanos realizaron manifestaciones en las redes sociales contra la jueza, por lo que se abrió un procedimiento contra once personas. Ahora, según declara probado la sentencia, nueve de esos acusados, "con ánimo de menospreciar a la magistrada", vertieron en distintos foros sociales "una serie de mensajes gravemente injuriosos".

En la resolución el juzgado analiza el derecho al honor y el de libre difusión de pensamientos u opiniones; concluyendo que "las expresiones y juicios de valor contenidos en las publicaciones de los acusados exceden del derecho a la libertad de expresión y configuran el delito de injurias a una clase determinada del Estado -Administración de Justicia-".

Así, la sentencia incide en que las manifestaciones realizadas "constituyen una ofensa reiterada", estando "ante unos insultos tan graves y tan patentemente encaminados a desprestigiar a su víctima y hacerle daño que no ofrece dudas su calificación como injurias graves", con frases "innecesarias, desproporcionadas o formalmente injuriosas".

Esos comentarios suponen "un claro y patente abuso de tal derecho a la libertad de expresión", dice la sentencia, adelantada por el Diario 'SUR', considerando que la intención era la de injuriar. Se precisa que los comentarios no fueron contra la magistrada como ciudadana sino "en tanto instructora de una causa -por ende funcionario público-"

Además, se apunta que lo que se atacó fueron "pronunciamientos recaídos en el ejercicio de la función pública y que, a la postre se demostró que eran totalmente acertados, insultándola a ella y extendiendo sus expresiones a su hija". No obstante, se señala que los comentarios van "más allá de la pura descalificación profesional para entrar de lleno en el terreno personal".

"No cabe alegar un supuesto acaloramiento a propósito de la publicación de que quedaban en libertad unos supuestos violadores, pues la sorpresa que ello puede causar y en su caso la indignación no puede amparar aquellos insultos", añade la sentencia, en la que se ha tenido en cuenta "la repercusión pública y el evidente daño que le supuso" esto a la hora de imponer la indemnización para la jueza.

Por otro lado, absuelve a dos personas acusadas por el delito de injurias graves con publicidad, ya que se señala que el criterio es diferente respecto a éstos, ya que en ambos casos las manifestaciones "quedan amparadas en el derecho de crítica y libertad de expresión" y se enmarcan dentro de los "límites admisibles".

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