Hacienda justifica que preferentistas tributen por lo que reciban en sede judicial al verlo "ganancia de patrimonio"

  • El Ministerio de Hacienda justifica que los afectados por las participaciones preferentes deban tributar por lo que reciban en concepto de gastos de defensa jurídica al considerarlo "una ganancia de patrimonio".

Así lo ha expuesto la delegada especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Galicia, Imelda Capote, a preguntas de los periodistas durante una convocatoria para informar sobre la evolución de la campaña de la renta de 2015.

Según Capote, la Agencia Tributaria lo que está haciendo es aplicar "una resolución, una consulta vinculante de la Dirección General de Tributos" del ministerio, que "no admite la deducibilidad de esas cantidades, de esos gastos de defensa jurídica".

"Es un criterio de la Dirección General de Tributos que nosotros estamos aplicando", ha argumentado, cuestionada por las quejas de este colectivo y sobre si habrá cambios al respecto.

"Las indemnizaciones obtenidas sí que tributan", ha apuntado, antes de reiterar que el debate giraba en torno a "si eran deducibles o no" los gastos de defensa jurídica, e insistir en que, según esa dirección general, "tienen la consideración de una ganancia de patrimonio, entonces tributan las cantidades que se perciban en concepto de gastos de defensa jurídica".

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