La DPZ lanza un plan para pagar a los municipios los gastos de los alcaldes

  • La Diputación Provincial de Zaragoza (DPZ) ha lanzado un Plan de Asignación Económica y Compromisos de Conducta y Buen Gobierno para los Alcaldes de Zaragoza en el año 2016, publicado este viernes en el Boletín Oficial de la Provincia.
Sánchez Quero hablando con diputados socialistas antes del pleno de la DPZ
Sánchez Quero hablando con diputados socialistas antes del pleno de la DPZ
EUROPA PRESS
Sánchez Quero hablando con diputados socialistas antes del pleno de la DPZ

El plan persigue un doble objetivo: dignificar la labor de los alcaldes, mediante un compromiso de conducta y buen gobierno; y reconocer su trabajo diario sufragando los gastos que se deriven del ejercicio del cargo, especialmente en los municipios más pequeños.

Este documento, con el que se cumple el compromiso de investidura del presidente de la Diputación de Zaragoza, Juan Antonio Sánchez Quero, cuenta con un presupuesto en 2016 de 1.716.8000 euros, lo que supone un máximo de 483 euros mensuales por alcalde o concejal delegado para hacer frente a gastos habituales que hasta ahora, o bien tenía que asumirle propio alcalde o, en el mejor de los casos, el ayuntamiento.

"Con este plan se quiere evitar que el ejercicio de alcalde como cargo público resulte gravoso para la economía familiar, como viene ocurriendo con frecuencia sobre todo en los pueblos pequeños, la mayoría de los de la provincia", ha señalado el presidente de la Diputación de Zaragoza, Juan Antonio Sánchez Quero.

A cambio, el código ético que tendrán que asumir los representantes para acogerse a este plan incluye por una parte unos principios de conducta: integridad, ejemplaridad, desinterés subjetivo, imparcialidad, rendición de cuentas, transparencia, honestidad, respeto, actuación diligente y responsabilidad; y por otra unos principios de buen gobierno: sostenibilidad, descentralización, equidad, igualad, eficiencia, transparencia y rendición de cuentas, colaboración, compromiso cívico, defensa de la lengua y cultura propia y de la diversidad, seguridad y protección civil.

Los supuestos objetos de subvención serán, ateniéndose a la Ley 7/85 Reguladora de las Bases de Régimen Local, que es la que marca a su vez las incompatibilidades, los gastos derivados del ejercicio del cargo municipal de alcalde-presidente o de otro miembro de la corporación de las entidades locales de la provincia de Zaragoza cuando los desempeñen con dedicación exclusiva o parcial (retribuciones y costes de seguridad social) en quien delegue el alcalde-presidente.

OTROS SUPUESTOS

También, las asistencias por la concurrencia efectiva del alcalde-presidente, o de otro miembro de la corporación en quien delegue, a las sesiones de los órganos colegiados del consistorio de que formen parte, en la cuantía señalada por el pleno de la misma; y las indemnizaciones por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio del cargo, según las normas de aplicación general en las administraciones públicas y las que en desarrollo de las mismas apruebe el pleno corporativo (dietas, gastos de kilometraje, atenciones protocolarias y representativas), y otros gastos de análoga naturaleza.

En ningún caso serán objeto de subvención, los gastos ocasionados por procedimientos judiciales, por intereses, recargos y sanciones administrativas y penales, de Seguridad Social, o cualquiera de los previstos como no subvencionables en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como su normativa de desarrollo.

El plazo para la presentación de solicitudes comienza este sábado, que es el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOPZ, y finaliza el día 16 de mayo de 2016, mientras que la justificación de los gastos se puede realizar hasta el 28 de febrero del 2017.

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