El Supremo de Venezuela impide que la enmienda para acortar los mandatos afecte a Maduro

  • El tribunal determina que se estaría "desconociendo la voluntad del pueblo".
  • Este fallo invalida la iniciativa de la oposición que pretende reducir de seis a cuatro el periodo presidencial.
  • El proyecto, que solo esperaba una segunda discusión para su aprobación definitiva, establece además que solo es posible una reelección.
  • El presidente de Parlamento, de mayoría opositora, critica la decisión judicial.
El presidente venezolano, Nicolás Maduro, participa en una reunión con gobernadores y diputados adeptos al Gobierno.
El presidente venezolano, Nicolás Maduro, participa en una reunión con gobernadores y diputados adeptos al Gobierno.
Prensa Miraflores / EFE
El presidente venezolano, Nicolás Maduro, participa en una reunión con gobernadores y diputados adeptos al Gobierno.

El Tribunal Supremo de Venezuela determinó este lunes que "cualquier enmienda" que se pretenda hacer a la Constitución del país para reducir el período presidencial no podrá aplicarse al actual jefe de Estado, Nicolás Maduro, porque se estaría "desconociendo la voluntad del pueblo".

"Esta Sala concluye que tratar de utilizar la figura de la enmienda constitucional con el fin de acortar de manera inmediata el ejercicio de un cargo de elección popular, como el de presidente de la República, constituye a todas luces un fraude a la Constitución", dice la sentencia.

Con este fallo se invalida la aprobación en primera discusión del proyecto de enmienda constitucional para reducir el período presidencial de seis a cuatro años que el Parlamento de contundente mayoría opositora hizo el miércoles pasado.

En el texto de la decisión del TSJ se señala que la Constitución prevé "un mecanismo político efectivo" para aplicarse a funcionarios en funciones "como el referendo revocatorio contemplado en el artículo 72 de la Carta Magna", un sistema que la oposición también plantea activar.

"En el escrito introductorio a la sentencia, el tribunal señala que la Sala Constitucional determinó que cualquier enmienda que pretenda efectuarse a la Constitución de Venezuela, "no puede tener efectos retroactivos en el tiempo o ser de aplicación inmediata".

Se agrega que admitir esta enmienda "constituiría un quebrantamiento incuestionable al ejercicio de la soberanía previsto en el artículo 5 de la Carta Magna, ya que se estaría desconociendo la voluntad del pueblo".

El proyecto de enmienda, que solo esperaba una segunda discusión para su aprobación definitiva, establece, además, que solo es posible una reelección presidencial, echando por tierra la legislación vigente que la prevé "indefinida".

La oposición venezolana quiere que Maduro, que lleva tres años en el poder, salga de la Presidencia lo más pronto posible y por ello han decidido activar, desde el Parlamento, una enmienda constitucional, y también un referendo revocatorio que implicaría una consulta electoral.

Sin embargo, la enmienda constitucional ya ha encontrado un obstáculo en la decisión del TSJ, mientras que la alianza opositora Mesa de la Unidad Democrática (MUD) aún espera que el Consejo Nacional Electoral (CNE) proporcione el formato para recoger la cantidad de firmas requeridas para activar el referendo.

El próximo miércoles se realizará una marcha en Caracas convocada por la MUD para presionar al CNE en la activación del referendo, aunque el dos veces candidato a la Presidencia Henrique Capriles ha dicho que esta movilización se suspenderá en caso de que el Poder Electoral facilite el formato de firmas antes de ese día.

"Malhechores"

El presidente del Parlamento venezolano, Henry Ramos Allup, ha criticado la decisión judicial a través de su cuenta de Twitter.

Ramos Allup también ha lamentado que los jueces del Supremo se hayan posicionado sin haber esperado que el proyecto de ley fuera aprobado definitivamente: "Sinvergüenzas salainconstitucionaltsj ya ni esperan aprobación leyes sino que declaran inconstitucionales sin conocer texto definitivo".

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