Tribunales.- Reclaman 420.000 euros por la muerte de una niña de ocho años tras ser operada de apendicitis

La familia de Chantal.L.M., la niña de ocho años de edad que ingresó en el hospital Juan Ramón Jiménez el 24 de diciembre de 2005 aquejada de una apendicitis y que falleció tres días después a causa de una mortal infección, reclama, vía civil, 420.000 euros --220.000 por intereses de demora y otros 200.000 por la indemnización impuesta por el juez--.

La familia de Chantal.L.M., la niña de ocho años de edad que ingresó en el hospital Juan Ramón Jiménez el 24 de diciembre de 2005 aquejada de una apendicitis y que falleció tres días después a causa de una mortal infección, reclama, vía civil, 420.000 euros —220.000 por intereses de demora y otros 200.000 por la indemnización impuesta por el juez—.

Este caso ya está cerrado por la vía penal desde abril de 2014 cuando la Audiencia Provincial de Huelva absolvió al cirujano y a la pediatra del citado hospital, que fueron condenados el año anterior por el Juzgado de lo Penal número 1 de Huelva a un año y medio de prisión y a tres años de inhabilitación, así como al pago conjunta y solidariamente de 200.000 como responsabilidad civil, por un delito de homicidio por imprudencia, tras la muerte de esta niña.

Sin embargo dos años después, el Juzgado de Instrucción número 16 de Madrid ha celebrado esta vista oral por la reclamación de esta indemnización, después de que una aseguradora le haya abonado 88.000 euros al considerar la muerte como accidente de tráfico, sin embargo, el declaraciones a Europa Press, la madre de la menor, Elena Masera, ha manifestado que "la niña murió por negligencia", motivo por el que reclaman, aunque Masera ha dejado claro que su "lucha" fue por la vía penal.

La Audiencia estimó los recursos interpuestos por ambos ante la condena al no considerar acreditado con la debida certeza, como es exigible para imponer una pena, que en la madrugada del día 26 de diciembre de aquel año, un día antes de su muerte en el que ambos facultativos analizaron a la pequeña, la víctima presentara la sepsis que fue determinada como causa de la muerte ni que se hubiera podido diagnosticar con una normal diligencia y atajar.

Cabe recordar que el juzgado condenó a estos médicos al entender que "se realizó un diagnóstico a la ligera por negligencia en no haberse rodeado de todos los informes necesarios y haber recurrido a los procedimientos de control y de investigación exigidos por la ciencia", limitándose a "sospechar una supuesta y extraña gastroenteritis sin practicar pruebas complementarias y sin instaurar tratamiento antibiótico alguno".

Sin embargo, la Audiencia los absolvió al considerar que "una cosa es que el servicio en su conjunto haya sido incapaz de hallar la causa de la dolencia y ponerle remedio", y otra que estos dos facultativos "fueran precisamente los que debían encontrar ese acertado diagnóstico".

Este juzgado absolvió a otro cirujano, concretamente el que llevó a cabo la operación; condenó a los otros dos, mientras que otro de los imputados, que analizó a la niña el mismo día de su muerte, ya había fallecido antes de la celebración del juicio.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento