La sentencia, hecha pública este miércoles, da la razón a la asociación Jueces para la Democracia (JpD), que recurrió ante la jurisdicción Contencioso-Administrativa la negativa del Consejo de reconsiderar su decisión inicial y tener en cuenta el conocimiento de estas lenguas a la hora de ofertar las plazas. La resolución se ciñe al acuerdo del CGPJ y no afectará al resultado del concurso.
La Ley Orgánica no deja lugar a incertidumbre en este punto
La Comisión Permanente del CGPJ anunció el concurso de jueces de lo Mercantil el 13 de julio de 2004, y en él se señalaba de forma explícita que "no constituiría mérito preferente el conocimiento de la lengua oficial y el Derecho Civil Especial o Foral propios de las Comunidades Autónomas".
Esta decisión mereció el voto particular discrepante del vicepresidente del Consejo, Fernando Salinas, y de otros tres vocales pertenecientes a la denominada "minoría progresista" del CGPJ: Montserrat Comas, Maria Ángeles García y Alfons López Tena.




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