Tribunales.- El juez rechaza archivar la causa contra el exconsejero Antonio Ávila por las ayudas a las Utedlt

Un juez de Sevilla ha rechazado la petición del exconsejero de Economía e Innovación Antonio Ávila para que archivara la causa abierta contra él por delitos de prevaricación y fraude de subvenciones en relación a las ayudas por 5.846.298 euros que el SAE dio "sin soporte legal que lo permitiera" a las Unidades Territoriales de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico (Utedlt) para financiar los gastos derivados de las indemnizaciones por la finalización de los contratos laborales tras la extinción de estos consorcios en 2010.

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, el juez de Instrucción número 2 rechaza así el recurso presentado por la defensa del exconsejero contra la resolución de 17 de septiembre de 2015 en la que el magistrado atribuyó estos dos delitos a Antonio Ávila al entender que, como presidente del SAE, sería el autor de la resolución de 11 de diciembre de 2012 "por la que se concedía una subvención extraordinaria a cada una de las 94 Utedlt existentes en Andalucía, para hacer frente a los costes por extinción de los contratos laborales de sus plantillas".

En este sentido, el magistrado argumenta que, "como sostiene el representante del Ministerio Fiscal, a día de hoy resulta prematuro proceder, sin más, al sobreseimiento provisional de las actuaciones", y ello porque "estamos pendientes de que se practiquen algunas diligencias de prueba que pueden servir para clarificar los hechos recogidos en la resolución ahora combatida".

Al hilo de ello, el instructor recuerda que, en una providencia dictada el 20 de noviembre de 2015, se solicitó al SAE que remitiera una serie de documentos que, "desde nuestro punto de vista, pueden ser esclarecedores para poder concretar si existen o no motivos para que el ahora recurrente deba declarar en calidad de investigado o no".

De igual modo, recuerda que, el auto de 17 de septiembre, "lo único que hace es, a la vista de las diligencias de investigación incoadas por la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Sevilla y a la vista de la documentación solicitada por el Ministerio Fiscal, concretar los hechos objeto de investigación, así como las personas que aparecen vinculadas a los mismos, sin llegar a realizar una imputación delictiva formal, término éste ahora sustituido por el de investigación".

Por todo ello, rechaza el recurso de reforma presentado por el exconsejero y mantener "en su integridad" el auto dictado el 17 de septiembre de 2015, "sin perjuicio de que, una vez que se practiquen las pruebas ordenadas y otras que se consideren necesarias, si la investigación así lo aconseja, se pueda modificar el mismo".

En su recurso, al que ha tenido acceso Europa Press, el abogado del exconsejero defendía que la actuación de su cliente "se ajustó plenamente a la legalidad, cumpliéndose todos los requisitos legalmente exigidos y la tramitación reglada, dictando una resolución motivada y fundada en un evidente interés público y social".

"La resolución de 11 de diciembre de 2012 fue dictada por el órgano competente previa tramitación del procedimiento legalmente establecido, que se inició por solicitud del propio beneficiario —los consorcios Utedlt—, contando con una memoria justificativa del interés público y social de la subvención solicitada, señalando en todo caso la inexistencia de bases reguladoras", alegaba el letrado.

"ni arbitraria ni mucho menos injusta"

A su juicio, "es evidente que la resolución firmada" por el exconsejero "ni es ilegal, ni arbitraria, ni mucho menos injusta, sino que fue dictada con pleno sometimiento a la Ley y tras cumplirse los trámites legalmente exigidos, durante una coyuntura económica complicada en la que Andalucía se había comprometido a la ejecución de unos planes de reestructuración del sector público, que hacían necesaria la resolución de las incidencias que iban surgiendo con la mayor celeridad posible".

Además, el letrado señalaba que "resulta aún más sorprendente si cabe la imputación por un presunto delito de fraude de subvenciones", pues el exconsejero "ni siquiera es el beneficiario de las subvenciones concedidas", a lo que se suma que la jurisprudencia "viene exigiendo que, para que se entienda cometido el delito, tiene que concurrir un falseamiento de las condiciones requeridas para la concesión de la subvención y una ocultación de las condiciones que hubieran impedido su atribución".

Frente a ello, el procedimiento de concesión de las 94 subvenciones excepcionales "se ha ajustado a cuantas disposiciones legales le afectaban, emitiéndose memoria justificativa del interés público y social, una propuesta de acuerdo sobre el inicio de los expedientes para la concesión de las subvenciones, un acuerdo sobre el inicio de los expedientes, una propuesta de resolución de concesión y, finalmente, la resolución de concesión" de las subvenciones "destinada a atender la situación excepcional producida en los consorcios Utedlt ante la imposibilidad de asumir por parte de los mismos el coste de las indemnizaciones por despido de la plantilla".

No hay delito de fraude de subvenciones

De este modo, añadía, "todos los trámites legales han sido acatados, cumpliéndose todos los pasos legalmente establecidos a efectos de justificar la concesión de las subvenciones excepcionales, sin que pueda apreciarse el más mínimo atisbo de la pretendida perpetración de un delito de fraude de subvenciones", por lo que solicita el archivo de la causa respecto de su patrocinado.

En el auto de 17 de septiembre, el juez amplió el contenido del auto de 3 de marzo donde acordó la incoación de diligencias previas y concretó que las actuaciones se dirigen, además de contra Ávila, contra seis Agentes Locales de Promoción de Empleo (Alpes) y el director de la Utedlt Sierra Norte, Antonio López González; contra cinco Alpes y el director de la Utedlt Tierras de Doñana, Alberto Velasco Díaz; contra el responsable de la Utedlt Alcalá de Guadaíra, Jesús Mora Mora, y contra 12 Alpes y el director de la Utedlt Bajo Guadalquivir, Francisco Carmona Gómez.

El instructor considera que todos ellos habrían incurrido en un presunto delito de fraude de subvenciones, "recibidas para financiar su actividad durante los años 2010, 2011 y 2012".

Asimismo, el juez dirige las actuaciones contra "las personas que ostentaron el cargo de delegado provincial de la Consejería de Empleo de la Junta durante los años 2010, 2011 y 2012", a cuenta de un presunto delito de fraude de subvenciones, "recibidas para financiar la actividad de las Utedlt Sierra Norte, Tierra de Doñana, Bajo Guadalquivir y Alcalá de Guadaíra durante los años 2010, 2011 y 2012".

De igual modo, el juez dirige las actuaciones contra Ángel Ortiz Sánchez y Pedro E. Gracia Victoria, directores generales de Calidad de los Servicios y Programas para el Empleo del SAE durante 2010, 2011 y 2012, por presuntos delitos de prevaricación y fraude de subvenciones "en las concesiones de subvenciones ordinarias para la actividad" de las cuatro Utedlt mencionadas, "así como por las concesiones de subvenciones por incentivos a las mismas".

Actuación de la fiscalía superior

Hay que recordar que la Fiscalía Superior de Andalucía abrió diligencias de investigación penal sobre las ayudas concedidas por la Junta a las Utedlt en base a un informe de la Cámara de Cuentas respecto a dichas unidades en el periodo 2010-2012 en el conjunto de la comunidad, tras lo que remitió a las distintas fiscalías provinciales el expediente correspondiente con las diligencias vinculadas a cada territorio.

De este modo, la Cámara de Cuentas fiscalizó las subvenciones concedidas y la forma de disolución de las cuatro Utedlt de la provincia de Sevilla referidas durante los años 2010, 2011 y 2012.

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