Abrir
Cerrar
Buscar
cargando ACCESIBILIDAD

Una jueza obliga a un hombre a compartir parte de su finiquito con su ex mujer

  • El Supremo alega que la indemnización es un bien ganancial.
  • Establece que le corresponde una parte al cónyuge si se cobra antes de hacerse efectiva la separación.
  • La sentencia contradice un fallo anterior de la Audiencia madrileña.

El Tribunal Supremo (TS) ha establecido en una sentencia que un hombre debe compartir con su ex mujer los 13.703 euros que percibió como indemnización cuando fue despedido, al estimar que se trata de un bien ganancial puesto que la cobró años antes de que se separaran, en 1993.

La mujer presentó un recurso contra una sentencia de la Audiencia Provincial que le negaba esa indemnización

La Sala de lo Civil del alto tribunal admite parcialmente así el recurso presentado por una mujer contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, que negó el derecho de la ex mujer a percibir parte de dicha indemnización.

La Audiencia madrileña consideró que la indemnización por despido constituía un bien privativo, "por tener un componente de resarcimiento moral, sin perjuicio de los aspectos de reparación material que conlleva la pérdida del poder adquisitivo por la pérdida del trabajo".

Sin embargo, el TS entiende que "si bien es cierto que el derecho a ser resarcido por la pérdida del trabajo tiene un fuerte componente moral (...) se cumplen los requisitos exigidos por la jurisprudencia para considerar que la indemnización percibida por el hombre adquirió la condición de bien ganancial, puesto que se ha obtenido aún vigente la sociedad de gananciales, que se disolvió pocos meses después de haberse cobrado".

Argumentos de la sentencia

"Es una consecuencia económica del trabajo efectuado por su perceptor, además, debe calcularse según los parámetros referidos al salario percibido hasta aquel momento por el trabajador y no se pierde por la obtención de un trabajo posterior a la sentencia que la reconoce", argumenta la sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Encarnación Roca.

El alto tribunal concluye que "estas indemnizaciones deben seguir el mismo régimen que el salario en relación a su condición de gananciales".

89 Comentarios
Suscribirse por RSS

Escribir un nuevo comentario

1 Comentario oculto Leer comentario
Dice ser Hard
1
Avatar genérico
Dice ser Hard, 07.08.2007 - 10.40h

No lo vore muy justo, pero vamos estando como esta la justicia en españa es NORMAL!

A la mierda yo a vivir de mi mujer!

Ya no puede recibir valoraciones 0
2 Comentario oculto Leer comentario
Pintxo
2
Avatar de Pintxo
Pintxo, 07.08.2007 - 10.45h

    Así querría yo que fallasen en contra de las mujeres. Seguro que el típo era un imbécil, pero de todas maneras, qué pasa, ella es inválida o a vivir del cuento??? Menuda igualdad....

    Ya no puede recibir valoraciones 0
    3 Comentario oculto Leer comentario
    Dice ser si nasiste pa martillo del cielo te caen los clavos.
    3
    Avatar genérico
    Dice ser si nasiste pa martillo del cielo te caen los clavos., 07.08.2007 - 10.46h

    Pobre tio, se queda sin mujer, sin piso, sin trabajo y sin la mitad de la indemnizacion del paro.

    Ya no puede recibir valoraciones 0
    4 Comentario oculto Leer comentario
    Dice ser ya te vale
    4
    Avatar genérico
    Dice ser ya te vale, 07.08.2007 - 10.50h

    JUEZYJURADO: Estoy de acuerdo en que no es un fallo justo, pero cómo eres capaz de justificar ese tipo de atrocidades?

    Ya no puede recibir valoraciones 0
    5 Comentario oculto Leer comentario
    Dice ser Pepe
    5
    Avatar genérico
    Dice ser Pepe, 07.08.2007 - 10.54h

    Lo dicho: quien se case hoy día es porque le falta un tornillo pero de los gordos.

    Ya no puede recibir valoraciones 0
    6 Comentario oculto Leer comentario
    Dice ser ja
    6
    Avatar genérico
    Dice ser ja, 07.08.2007 - 10.55h

    O sea al tio le hunden moralmente con el despido y a ella además del dinero le da un subidón al ver a su ex vilipendiado. ja ja

    Ya no puede recibir valoraciones 0
    7 Comentario oculto Leer comentario
    Dice ser Soy un troll
    7
    Avatar genérico
    Dice ser Soy un troll, 07.08.2007 - 11.04h

    Separación de vienes por defecto pero ya¡¡¡¡¡

    Aunque en este caso no cambiaría nada, pues la separación de bienes es en relación a los bienes anteriores al contrato de matrimonio (contrato), a los posteriores siemrpe se les aplica gananciales...

    Ya no puede recibir valoraciones 0
    8 Comentario oculto Leer comentario
    Dice ser juezyjurado
    8
    Avatar genérico
    Dice ser juezyjurado, 07.08.2007 - 11.07h

    10:50h - Dice ser ya te vale - #4

    Yo en ningun momento justifico ni justificare ningun acto de violencia.
    Lo unico que digo , que los jueces sabiendo lo colgada que anda la gente , ¿como hacen cosas de este tipo?

    Ya no puede recibir valoraciones 0
    9 Comentario oculto Leer comentario
    Dice ser Ian Brown
    9
    Avatar genérico
    Dice ser Ian Brown, 07.08.2007 - 11.09h

    Se divorciaron hace 14 años y el artículo no hace mención de hijos. Del punto de vista económica el tío mejor pudiera haber contraído una enfermedad crónica que el matrimonio. Las mujeres aparentemente no se independizan: el hombre se ve obligado hasta que la palme a mantener a una con la que ha convivido unos añitos.

    Ya no puede recibir valoraciones 0
    10 Comentario oculto Leer comentario
    Dice ser Meridiano
    10
    Avatar genérico
    Dice ser Meridiano, 07.08.2007 - 11.11h

    Luego pasa lo que pasa...

    Ya no puede recibir valoraciones 0

    Hemos bloqueado los comentarios y las correcciones de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.

    Consulta los casos en los que 20minutos.es restringirá la posibilidad de dejar comentarios

    Escribir comentario o corrección

    3000 caracteres pendientes

    Introduce el número de la imagen (Código de verificación para prevenir envios automáticos).

    Código seguridad

    Normas para comentar en 20minutos.es
    • Esta es la opinión de los internautas, no la de 20minutos.es.
    • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
    • Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
    • Por favor, céntrate en el tema.
    • Normas y protección de datos