El Gobierno foral aprueba un proyecto de ley para acelerar el cierre del Plan de Inversiones Locales vigente desde 2008

El Gobierno de Navarra ha aprobado en su sesión de este miércoles un proyecto de ley de medidas de ordenación e impulso del vigente Plan de Inversiones Locales (PIL), cuyo objetivo es acelerar la tramitación de los proyectos incluidos en él para poder cerrarlo definitivamente e iniciar la elaboración de un nuevo plan de de inversiones para los próximos años.

El Gobierno de Navarra ha aprobado en su sesión de este miércoles un proyecto de ley de medidas de ordenación e impulso del vigente Plan de Inversiones Locales (PIL), cuyo objetivo es acelerar la tramitación de los proyectos incluidos en él para poder cerrarlo definitivamente e iniciar la elaboración de un nuevo plan de de inversiones para los próximos años.

El plan vigente en la actualidad es el correspondiente a 2009-2012, aprobado por la Ley Foral 16/2008, de 24 de octubre, que fue prorrogado en 2012 mediante la Ley Foral 3/2012, de 14 de marzo.

Según indica el Ejecutivo foral, el plan vigente se encuentra desfasado respecto de las necesidades actuales. Además, "su excesiva vigencia temporal y lo prolijo de la normativa que le afecta ha originado problemas de ralentización e, incluso paralización, de los proyectos de inversión".

Para poder elaborar una nueva legislación en las debidas condiciones, resulta necesario agilizar e impulsar los expedientes incluidos en la vigente programación, ha añadido el Gobierno.

El proyecto de ley ha sido elaborado en colaboración y coordinación con la Federación Navarra de Municipios y Concejos (FNMC) y ha recibido la conformidad en la Comisión Foral de Régimen Local.

Se prevén dos tipos de medidas que, por un lado, tienen por objeto limitar la entrada de nuevos proyectos en el plan y, por otro, regular la tramitación y acortar plazos de los ya incluidos.

En lo que se refiere a la primera cuestión, se establece que desde la entrada en vigor de la nueva ley se tramitarán las solicitudes de urgencia ya cursadas y finalizará el plazo para nuevas inclusiones. Con ello, se pretende evitar que el continuo incremento de compromisos de gasto adquiridos pueda dificultar la ejecución de los iniciados u originar retrasos en la implantación del nuevo plan.

No obstante, sí se mantiene la posibilidad de incluir nuevas obras mediante el procedimiento de emergencia, previsto para aquellos trabajos que están destinados a la reparación o reposición de infraestructuras dañadas por acontecimientos catastróficos imprevistos y/o inevitables.

Regulación y agilización de plazos

En lo que respecta a la tramitación, se concretan ciertos plazos no definidos o excesivamente abiertos en la actual regulación o se agilizan otros. Así, por ejemplo, se establece un último plazo de un mes a partir de la entrada en vigor de la ley para que las entidades locales corrijan las deficiencias detectadas en los proyectos o en los planes económico-financieros. Este mismo plazo tendrán las entidades locales para subsanar las deficiencias en los planes económico-financieros que todavía no contaran con evaluación en la entrada en vigor de la ley.

Por otra parte, se fija, con carácter general, un plazo de cuatro meses para el inicio de las obras, aunque se posibilitan excepciones por razones de interés público debidamente acreditadas.

Finalmente, se establecen medidas para evitar demoras en la recepción y liquidación de las obras por discrepancias entre la entidad local y la empresa constructora.

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