El juez solo investigará una denuncia contra Javier Criado al haber prescrito el resto de delitos

  • Ocho mujeres denunciaron al psiquiatra sevillano por nueve supuestos delitos.
  • Entre ellos, destacan los presuntos delitos por abuso sexual e inducción al suicidio.
  • La Fiscalía ve "serios indicios de culpabilidad", pero también defiende la prescripción de los delitos.
Psicólogo
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AGENCIAS
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El juez de Instrucción número 19 de Sevilla ha declarado "extinguida por prescripción la posible responsabilidad penal" del psiquiatra sevillano Javier Criado en relación a ocho de los nueve delitos por los que fue denunciado por un grupo de ocho mujeres el pasado mes de diciembre de 2015, según ha informado la Asociación Veritas, que agrupa a 32 víctimas de las presuntas malas praxis y abusos del psiquiatra.

La asociación ha anunciado que recurrirá la decisión del juez instructor, que únicamente ha decidido que siga adelante la investigación por un presunto delito contra la integridad moral cometido supuestamente por Javier Criado sobre una de las mujeres denunciantes el pasado año 2015.

En un auto que ha sido notificado este jueves a las partes, el juez "no entra a valorar la veracidad" de los hechos denunciados, pero considera que "los plazos que transcurren entre la fecha en que los hechos se habrían producido y la interposición de la denuncia, rebasan los períodos de 3, 5 y 10 años de prescripción prevista para los delitos denunciados".

De este modo, estas ocho mujeres denunciaron al psiquiatra y ex hermano mayor de la hermandad de Pasión por un delito continuado de intrusismo profesional, un delito de omisión del deber de socorro, un delito continuado contra la integridad moral, tres delitos continuados de abuso sexual, dos delitos de abuso sexual, y uno de inducción al suicidio.

Jurisprudencia sobre la no prescripción

Por su parte, la Fiscalía señala en un escrito elevado al juez "los serios indicios de culpabilidad concurrentes en el presente caso", aunque también considera que "procede el archivo parcial de las actuaciones por su prescripción" conforme al artículo 131 del Código Penal.

La Asociación Veritas ha acogido "con cautela" este primer pronunciamiento judicial y ha anunciado que recurrirá el auto al entender que los hechos que se están denunciando "y que se llevan produciendo más de 30 años" son constitutivos de un delito continuado cuya prescripción "no debe señalarse en función de la fecha en que ocurrieron, sino desde que las víctimas han tenido capacidad para entender lo que les había ocurrido y el daño psicológico producido".

De hecho, muchas de las víctimas "han arrastrado durante años diversos problemas psicológicos y familiares como consecuencia de unos hechos que han mantenido en silencio durante años, hasta que en 2015 conocieron otros casos por redes sociales que les hicieron tomar conciencia del drama sufrido y les decidió a dar el paso de denunciarlo", ha indicado la asociación.

La abogada de las víctimas, Inmaculada Torres, recuerda que ya hay otras sentencias que han sentado jurisprudencia para tratar de probar la "no prescripción de los delitos en función solo de los hechos" y destaca que, en algunos casos, como el delito de intrusismo profesional, "no solo no se ha esclarecido, sino que creemos que hay serias dudas que se deben investigar sobre la titulación del psiquiatra desde que empezó a ejercer, por lejano que sea en el tiempo el comienzo de su actividad".

Insisten en el cierre de la consulta

Las víctimas presentarán la próxima semana su recurso de reforma ante el Juzgado de Instrucción número 19 de Sevilla mientras siguen adelante con los informes técnicos que están realizando los peritos para ampliar su denuncia a las 32 mujeres que ya presentaron su testimonio ante el Comité Deontológico del Colegio de Médicos de Sevilla.

De hecho, la Asociación Veritas sigue reclamando ante esta institución el cierre cautelar de la consulta de Javier Criado para "garantizar la indemnidad e integridad de otras personas que pudieran estar siendo sometidas al mismo trato degradante y humillante".

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