El Constitucional decide que sigan las obras de la nueva desalinizadora de Torrevieja

  • El TC decidió hoy mantener la suspensión de la orden de la Generalitat que paraba las obras.
  • No considera que la planta de Torrevieja ocasione daños medioambientales.
El Tribunal Constitucional (TC) acordó hoy mantener la suspensión de la orden de la Generalitat valenciana de paralizar las obras de construcción de la planta
desalinizadora de Torrevieja.

El citado auto, con fecha del pasado martes y que cuenta con un voto particular del magistrado Jorge Rodríguez Zapata, establece que la edificación de dicha instalación no ocasionará perjuicios ambientales y, además, redundaría en el suministro de agua "en buen estado" a la población.

La Generalitat, por cuanto consideraba, entre otras razones, que la planta podría acarrear afecciones ambientales, ordenó la suspensión cautelar de las obras, lo que recurrió el Gobierno por medio de la Abogacía del Estado.

En sus alegaciones a la orden de paralización de las obras emitida por la Generalitat, tras acuerdo de la Dirección autonómica de Territorio y Vivienda, el Gobierno considera que existe un "conflicto positivo de competencia", toda vez que la medida del Ejecutivo regional es contraria a "la necesidad de garantizar, mediante un aporte complementario, los recursos anuales destinados al abastecimiento y regadío en el trasvase Tajo-Segura".

La planta redundará en el abastecimiento de agua en buen estado a la población

El Abogado del Estado, asimismo, y tras indicar que el proyecto de la planta desalinizadora lo asume ACUAMED, dependiente del Ministerio de Medio Ambiente, recuerda que la actuación está considerada "de interés general" precisamente por perseguir el abastecimiento de agua, como "garantía de salud pública", en una zona con "déficit crónico" de este recurso.

Añade que la orden de suspensión cautelar de las obras "puede ocasionar graves perjuicios a los intereses generales", aunque también a los de los residentes y regantes de la región.

Respecto a los supuestos daños medioambientales, el Abogado del Estado presenta informes de la Universidad de Alicante para indicar que no habrá efectos nocivos para la vegetación de la zona.

Y sobre las consecuencias económicas de la orden de suspensión de las obras decretada por la Generalitat, el Gobierno apunta que habrá "evidentes perjuicios" porque, recuerda, la contratación de la construcción ya ha tenido lugar.

Aportaron informes de la Universidad de Alicante que avalan que la planta no tendrá efectos  nocinos

El TC, además, resume las alegaciones de las Generalitat, administración para la que la ubicación de la planta en Torrevieja no conlleva una justificación "inexcusable", derivada de su carácter de "interés general", y, en cambio, sí podría generar efectos medioambientales.

El alto tribunal, en primer lugar, recuerda que la citada actuación resulta "prioritaria" para la Cuenca Hidrográfica del Segura, y acto seguido, pasa a ponderar los intereses generales que concurren en la construcción de la planta.

Considera que el levantamiento de esta instalación desalinizadora "no conlleva la destrucción de hábitat o espacios de singular valor", así como tampoco causa "graves deterioros".

Asimismo, señala que en el lugar en el que se construiría la planta existen ya otros servicios, como un hospital, una subestación eléctrica o una depuradora.

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