Estudian sancionar a TVE por publicidad encubierta en el programa de Mariló Montero

  • En la sección 'Saber Vivir' se consultó a un oftalmólogo de una clínica a la que se hicieron constantes referencias, mostrando su web y ensalzándola.
  • Según la CNMC, "el tratamiento dado a la información adquiere un tono comercial con menciones que apelan a las virtudes y ventajas de dicha clínica".
Fotografía facilitada por RTVE de la presentadora Mariló Montero.
Fotografía facilitada por RTVE de la presentadora Mariló Montero.
EFE
Fotografía facilitada por RTVE de la presentadora Mariló Montero.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado incoar un expediente sancionador a la Corporación de Radio Televisión Española por presunta publicidad encubierta de productos o servicios relacionados con la salud en el programa La Mañana que emite en La 1 y que presenta y dirige Mariló Montero.

El expediente se refiere al programa del día 18 de febrero de 2015, en el que se difundió, como sección propia, el espacio Saber vivir que trató el problema de la miopía, hipermetropía y astigmatismo, y el que participó como invitado un oftalmólogo de una conocida clínica.

Según la CNMC, "el tratamiento dado a la información adquiere un tono comercial con menciones que apelan a las virtudes y ventajas de dicha clínica, incluso con primeros planos de su página web".

Además, "durante la emisión del programa se aprecian indicios de la existencia de una finalidad publicitaria y promocional, derivada de una incitación directa al consumo de ciertos productos o servicios y sin la identificación como publicidad, contextualizado todo en una sección con un contenido informativo y divulgativo".

Ello, según Competencia, "contribuye a generar una confusión o error al telespectador sobre la naturaleza de lo que está viendo".

La CNMC precisa en un comunicado que la incoación de este expediente "no prejuzga el resultado final de la investigación" y señala que ahora se inicia un período máximo de 6 meses para la instrucción del expediente y para su resolución, y que los operadores tienen 15 días para presentar sus alegaciones.

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