Las confesiones a un psiquiatra no pueden usarse como pruebas, dice el Tribunal Supremo

  • El alto tribunal dice que son "completamente inutilizables" absolviendo a un hombre, condenado en Barcelona, por agresiones sexuales a su cuñada.
  • Antonio J. M. había sido penado con 9 años de cárcel pero esta sentencia considera que el testimonio de la víctima está basado en estas conversaciones.
  • Este veredicto judicial sin precedentes mantiene que en esas entrevistas médicas, el imputado es paciente y no investigado por lo que no son válidas. 
Fachada del Tribunal Supremo.
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ATLAS
Fachada del Tribunal Supremo.

Las manifestaciones de un paciente a su psiquiatra "son absolutamente inutilizables" como prueba en un juicio oral, según ha dictado el Tribunal Supremo en una sentencia en la que absuelve a un hombre de agresión sexual a su cuñada.

Antonio J.M. había sido condenado por la Audiencia de Barcelona a nueve años de cárcel por una agresión sexual continuada cometida sobre su cuñada entre diciembre de 2008 y diciembre de 2009 en Badalona (Barcelona).

También fue castigado a 18 meses de cárcel por unos abusos cometidos sobre su sobrina en las mismas fechas, además de seis meses de prisión por un episodio de exhibicionismo ante ella, menor de edad.

Estas dos últimas condenas sí son confirmadas por el alto tribunal porque las considera probadas sin necesidad de acudir a las conversaciones entre paciente y psiquiatra.

El alto tribunal considera que mientras el testimonio de la menor, de 13 años es fiable, porque resulta persistente, coherente y congruente con otros elementos corroboradores, no sucede lo mismo con el de la cuñada.

Las conversaciones, inutilizables

Respeto al segundo relato, el de la cuñada, en donde el Supremo establece que para intentar refrendar dicho testimonio acusatorio no pueden ser utilizadas las conversaciones de paciente y psiquiatra.

"Son absolutamente inutilizables y no tendrían que haber accedido al juicio oral las manifestaciones sobre algunos hechos enjuiciados efectuadas por el recurrente a su psiquiatra. Esas entrevistas médicas no pueden servir en modo alguno para obtener información del imputado que en ese escenario es paciente y no investigado", dice la sentencia.

"El facultativo debe informar sobre aspectos periciales (conclusiones sobre padecimientos psíquicos). Pero ni se le puede preguntar si le relató algo sobre los hechos enjuiciados al paciente; ni mucho menos debe contestar a cuestiones de ese tenor. Aún así el recurrente trata de resaltar que negó también en ese ámbito los hechos que ahora estamos abordando", añade.

De este modo, el Supremo anula esa posible corroboración del relato de la cuñada, cuyo testimonio, dice el tribunal, no merece una fiabilidad suficiente y presenta serias "fisuras".

Entre estas fisuras, señala por ejemplo lo "poco creíble" que resulta uno de los episodios de agresión: una nochevieja en la vivienda familiar, ambos —víctima y victimario— echados en un sofá —cubiertos solo de una manta— y a la vista de una docena de personas, en la misma habitación y a una distancia de menos de dos metros.

Diferentes actitudes en el juicio

O también que la denuncia de Silvia, la cuñada, se produjera con retraso sobre las fechas en que ocurrieron los hechos y justamente "al hacerse pública una infidelidad". "No es descartable" que Silvia haya querido negar su voluntariedad en las relaciones para cargar la culpa de éstas en el acusado", dice el Supremo.

Además, añade que la forma en la Silvia relató los hechos en el juicio fue titubeante y poco coherente, a lo que se suma la incongruencia en su declaración tanto en cuanto al número de ocasiones en las que fue agredida como en los lugares y modo en que ocurrió.

Todo lo contrario ocurre con la sobrina: su relato de los abusos ocurridos en dos días consecutivos en el cuarto de baño de su casa y después en el salón fue espontáneo, fresco y verosímil.

"Refirió los hechos a su hermana. Es ésta la que los traslada a los padres: no se adivina qué extraño afán podría llevarle a inculpar a una persona a la que guardaba afecto y con la que mantenía muy buenas relaciones", señala el tribunal.

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