Una defensa pide sacar del "limbo jurídico" a los trabajadores que recibieron las ayudas de los ERE

Un abogado defensor ha solicitado a la juez María Núñez Bolaños que saque del "limbo jurídico" en que se encuentran a los trabajadores que recibieron las ayudas investigadas en el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos tramitados por la Junta de Andalucía.

Un abogado defensor ha solicitado a la juez María Núñez Bolaños que saque del "limbo jurídico" en que se encuentran a los trabajadores que recibieron las ayudas investigadas en el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos tramitados por la Junta de Andalucía.

En un escrito elevado al Juzgado, al que ha tenido acceso Europa Press, el abogado de la dueña del restaurante Río Grande explica que, a la hora de valorar la calificación del posible delito de fraude de subvenciones recogido en el artículo 308 del Código Penal, "es importante cuantificar las cantidades que ha recibido cada trabajador beneficiado de las ayudas sociolaborales".

En este sentido, indica que, del artículo 308, "se colige textualmente que la existencia del procedimiento penal seguido por fraude de subvenciones no impide que la Administración competente exija el reintegro por vía administrativa de las subvenciones o ayudas indebidamente aplicadas", lo que "no ha sucedido" en este caso porque la propia Junta "considera que las ayudas sociolaborales concedidas a los trabajadores de Río Grande son legales".

"Cualquier otra interpretación conllevaría la consideración de que los actuales representantes de la Administración encargados de recuperar de los trabajadores dichas cantidades estarían cometiendo prevaricación y malversación o fraude en subvenciones, circunstancia que se niega expresamente por esta parte", asevera el letrado, que recuerda que tampoco el Juzgado "ha iniciado acción alguna tendente a la exacción de responsabilidad —siquiera civil subsidiaria— contra los trabajadores".

El abogado, en esta línea, considera "correcta" y "adecuada a Derecho" la "no llamada por parte de la juez instructora a este procedimiento a los trabajadores de Río Grande como responsables civiles subsidiarios, con obligación de afianzamiento por éstos de las cantidades percibidas".

"distorsión inaceptable"

No obstante, esta posición jurídico-procesal "carece en la instrucción de sus correspondientes y elementales consecuencias materiales, que no pueden ser otras que la consideración de legales de las ayudas recibidas por los trabajadores y la correspondiente reducción de la fianza impuesta" a su patrocinada, que asciende a 1,9 millones de euros, "por idéntico importe al de las prejubilaciones percibidas por los trabajadores".

A su juicio, "lo contrario supone una distorsión inaceptable del proceso penal", recordando en este sentido que la juez Mercedes Alaya dictó un auto el 30 de noviembre de 2011 en el que decía que "es claro que como a los imputados que se les ha recibido declaración son perceptores de dichas ayudas ilegítimas que las reciben como beneficiarios de las pólizas, presuntamente con pleno conocimiento de su ilicitud, las medidas destinadas a los mismos sólo irán dirigidas a la devolución de esas ayudas, o en su caso del coste que para la Junta ha supuesto la inclusión de estas personas en las pólizas".

"Cuatro años después, no puede mantenerse ya que los perceptores de las ayudas fueran las empresas y no los trabajadores, y la decisión por parte de la instructora respecto a la reducción de la fianza impuesta" a la dueña de Río Grande "en aquella cuantía que hubieran percibido Carmen Fontela o Rosa María Aparicio no admite dilación", pone de manifiesto el letrado en el escrito elevado al Juzgado de Instrucción número 6.

El abogado añade que el pronunciamiento por parte de la juez Núñez respecto de la legalidad o no de las cantidades percibidas por los trabajadores en concepto de prejubilación, y la consecuente reducción de la fianza impuesta, "se ha solicitado en varias ocasiones por esta parte, sin respuesta".

"los beneficiarios de las ayudas son los trabajadores"

En esta línea, el letrado dice ser consciente del volumen de trabajo de la magistrada, no obstante lo cual "se hace imperiosa la necesidad de que se resuelva dicha cuestión antes de que se resuelvan los diferentes recursos presentados dado que, tras una decisión ya firme sobre la escisión de la causa, no se podrá, posteriormente, dársele un tratamiento diferenciado a las peticiones de esta parte de otras similares, sobre la legalidad o no de las ayudas abonadas a los prejubilados, y sobre su cuantificación".

El abogado de la dueña de Río Grande dice que "los beneficiarios de las ayudas, que sólo recibieron los trabajadores, son los trabajadores", una aseveración que no supone "una redundancia" porque tanto la juez como la Fiscalía Anticorrupción "insisten en mantener que los beneficiarios de dichas ayudas son las empresas, cuando éstas no han recibido —al menos en el caso de Río Grande— ni un solo euro".

Además, los trabajadores "han recibido una cuantía superior a los 20 días por año trabajado, con el limite del salario de un año, límite legal fijado para la indemnización en caso de ERE", y lo han hecho "porque la ayuda sociolaboral complementa y aumenta los límites legales a los que están obligadas las empresas para paliar la situación en la que queda el trabajador tras su despido". "Esa es la finalidad de política social de las ayudas, y lo que las justifica", apostilla.

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"Y tal posición, sin cobertura legal, es la que les otorga la justificación —sin decirlo— para mantener a los trabajadores beneficiarios en un limbo jurídico en el que no son llamados al procedimiento habiendo recibido las ayudas, y para mantener a las empresas y sus responsables imputadas, no habiendo recibido cantidad alguna", pone de manifiesto el escrito.

El abogado, en su escrito, solicita el archivo de las actuaciones respecto a la dueña de Río Grande y el alzamiento de la fianza civil impuesta "dada la legalidad de lo percibido por los 12 trabajadores de Río Grande que se incluyeron" en el ERE de 2005.

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