La ONU pide a España que tome medidas para evitar que una familia pierda su vivienda

  • Lo ha hecho el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU, que vela por el derecho a tener una vivienda digna.
  • Se trata de una familia afectada por un proceso de ejecución hipotecaria.
  • La ejecución de la sentencia dejaría sin casa a un matrimonio y sus tres hijos.
El secretario general de la ONU, Ban Ki-moon, en una pantalla de televisión, en la sesión inaugural de la reunión del Consejo Económico y Social de la ONU (ECOSOC) en la sede de Naciones Unidas en Ginebra, Suiza.
El secretario general de la ONU, Ban Ki-moon, en una pantalla de televisión, en la sesión inaugural de la reunión del Consejo Económico y Social de la ONU (ECOSOC) en la sede de Naciones Unidas en Ginebra, Suiza.
Jean-Christophe Bott / EFE
El secretario general de la ONU, Ban Ki-moon, en una pantalla de televisión, en la sesión inaugural de la reunión del Consejo Económico y Social de la ONU (ECOSOC) en la sede de Naciones Unidas en Ginebra, Suiza.

En las Naciones Unidas existe el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas. Está formado por expertos independientes y supervisa la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales por parte de los países que lo han ratificado, entre ellos España. El Protocolo Facultativo, que desarrolla el acuerdo, incluye el derecho a tener una vivienda digna y adecuada. Este Comité ha admitido a trámite una comunicación contra España por presunta violación del derecho a la vivienda y ha instado a nuestro país a tomar medidas para evitar "posibles daños irreparables" a una familia afectada por un proceso de ejecución hipotecaria impulsado por una promotora.

La letrada Antonia Barba ha planteado el caso ante el Comité de la ONU y ha solicitado la paralización de la ejecución de una sentencia que dejaría sin casa a un matrimonio y sus tres hijos. Barba indica que el Comité ya ha adoptado al menos un dictamen contra España cuestionando un procedimiento de ejecución hipotecaria, que es "muy similar" al que aplican las promotoras.

La abogada explica que su cliente, T.J.F.P., firmó un contrato de compra-venta de una vivienda en Málaga por más de 360.000 euros, pero, al evolucionar la construcción, comprobó que la estética de la fachada no se correspondía con lo que había adquirido, por lo que notificó a la promotora, a través de la inmobiliaria de venta, que quería resolver el contrato.

La compañía no contestó a la notificación y un año después requirió a T.J.F.P. para la firma de la escritura, pero éste no se presentó, por lo que la empresa interpuso una demanda en un Juzgado de Málaga para exigirle el pago del precio de la vivienda, más unos intereses anuales de demora del 10% a partir del requerimiento y las costas procesales, lo que a día de hoy ascendería a 500.000 euros.

El Juzgado de Málaga dio la razón a la promotora al entender que el cambio estético de la fachada –que había pasado de ser lineal a estar dominada por partes curvas– no era sustancial, ya que la vivienda tenía el número de metros cuadrados y dependencias convenido. Además, interpretó que T.J.F.P. no había manifestado su disconformidad con anterioridad al procedimiento, a pesar de que aportó un documento que demostraba que un año antes de ser requerido para firmar la escritura había comunicado a la promotora que quería resolver el contrato porque no le gustaba la diferencia estética de la fachada.

Apelación y el recurso final a la ONU

El afectado apeló a la Audiencia Provincial de Málaga argumentando que el cambio de la fachada era "sustancial" y que había un "error" en la sentencia, porque había notificado su decisión de resolver el contrato, pero la Audiencia confirmó la resolución del Juzgado. Con posterioridad, el hombre pidió amparo al Tribunal Constitucional, que le fue denegado.

Una vez agotadas las instancias judiciales en España, la promotora solicitó la ejecución de la sentencia contra T.J.F.P. y su mujer, que cuentan con dos pisos en bienes gananciales (en uno vive el matrimonio y en otro los tres hijos). Ante esta situación, Barba presentó el caso al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU y reclamó la paralización de la ejecución de la sentencia que dejaría sin vivienda al matrimonio y sus hijos y que supondría "una clara vulneración del Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales".

La abogada señala que la "desproporción" del procedimiento judicial es tal que, aun vendiendo en subasta pública las dos viviendas (propiedad del matrimonio) embargadas en esta ejecución, no alcanzarían a pagar el valor del piso objeto del litigio. Califica de "lamentable" la situación de su cliente, pensionista, de 75 años, que se quedaría en la calle junto con su familia porque, aunque le embarguen las dos viviendas que tiene, de mayor superficie y mejor ubicadas, no podrá pagar el piso que está en litigio adquirido en el boom inmobiliario.

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