Educación convoca las ayudas a ayuntamientos para crear bancos de libros con un importe de 32,6 millones

La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte publica este martes en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) la orden por la que se regulan las bases de las ayudas destinadas a los ayuntamientos o entidades locales menores para hacer efectivo el programa de gratuidad de los libros de texto --denominado XarxaLlibres-- en los centros públicos y concertados de la Comunitat y se convocan las ayudas para el curso 2015-2016.
Alumnos con libros de texto
Alumnos con libros de texto
GVA
Alumnos con libros de texto

La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte publica este martes en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) la orden por la que se regulan las bases de las ayudas destinadas a los ayuntamientos o entidades locales menores para hacer efectivo el programa de gratuidad de los libros de texto —denominado XarxaLlibres— en los centros públicos y concertados de la Comunitat y se convocan las ayudas para el curso 2015-2016.

El programa está dirigido a la creación de un banco de libros, en cada localidad, y podrá estar cofinanciado por la Generalitat, las diputaciones provinciales y los ayuntamientos o entidades locales menores destinatarios de estas ayudas.

El material que forme parte del banco local permanecerán, una vez finalizado el curso, en los centros docentes donde esté escolarizado el alumnado durante el curso escolar 2015-16, y será reutilizado en años académicos sucesivos.

La orden detalla que el importe global máximo de las ayudas será de 32.600.000 euros, para todo el curso escolar 2015-2016, con la siguiente financiación: una anualidad en 2015 de 16.300.000,00 euros y otra anualidad con el mismo importe en 2016. La cantidad podrá ser incrementada como consecuencia de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito, que no requerirá una nueva convocatoria.

La convocatoria está abierta a los ayuntamientos que soliciten participar en el programa con la finalidad de crear un banco de libros que garantice la gratuidad de los libros de texto a todo el alumnado empadronado en la localidad a fecha de la publicación de la convocatoria, que esté cursando Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria o Formación Profesional Básica.

Podrán recibir subvención los ayuntamientos que cumplan con los requisitos de cofinanciar el programa con una aportación máxima de 66,66 euros por alumno empadronado y no estar incluido en las causas de inhabilitación y prohibición para ser beneficiario de la subvención que regula el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Las corporaciones municipales que ya tienen banco de libros, o que han dado ayudas parciales o totales para esta finalidad, también podrán participar en esta convocatoria aportando la justificación que acredite los gastos realizados con esta fin para el curso escolar correspondiente.

El banco de libros se creará mediante la compra, por parte de los ayuntamientos, de los libros a los familias. Los libros formarán parte del banco de libros que custodiará el centro donde está escolarizado.

Una vez finalizado el curso, las madres y padres o tutores legales del alumnado participante en el programa entregarán, en el centro donde el alumnado curse los estudios, los libros, que formarán parte del banco de libros y podrán ser utilizados por otros alumnos en los cursos posteriores.

Los libros —que serán propiedad de la administración local y serán custodiados y gestionados por los centros educativos correspondientes— deberán estar en buen estado de conservación para su uso futuro y no tener señales de deterioro. El incumplimiento de estas obligaciones impedirá participar en el programa para el curso siguiente.

Por su parte, las padres estarán obligados a presentar los justificantes de compra o copia confrontada de la factura por compras de libros de texto y otro material curricular para el curso correspondiente, efectuadas durante el ejercicio presupuestario. La justificación se efectuará mediante la presentación de facturas o documentos de valor probatorio equivalente, con validez en el tráfico jurídico mercantil o eficacia administrativa.

Estos justificantes deberán contener, como mínimo, el nivel de detalle para que puedan ser considerados válidos, y incluirán NIF/CIF del proveedor, número de factura, fecha, dirección, relación nominal de los productos adquiridos, con el precio. Si el alumnado ha comprado los libros a través del AMPA, esta presentara en el municipio o municipios donde esté empadronado el alumnado la factura o facturas globales de la empresa proveedora. La asociación emitirá un documento justificativo individualizado, con las datos del alumno, importe, relación de libros adquiridos y datos de la factura o facturas globales en los que están incluidos (según el modelo que se facilitará por la administración). Este documento será el que presentarán las personas interesadas en el ayuntamiento a los efectos del cobro de las ayudas.

Cuidado de material

Asimismo, deberán procurar un uso adecuado y cuidadoso de los libros de texto con la finalidad de reintegrarlos al acabar el curso escolar y configurar el banco de libros.

La financiación global de las ayudas para el curso escolar será de hasta 200 euros por cada alumno —100 antes de acabar 2015 y hasta 100 más al finalizar el curso—, con cargo a los presupuestos de la Generalitat, de los ayuntamientos o entidades locales menores beneficiarios, y en su caso, de las diputaciones provinciales. El departamento que dirige Vicent Marzà ha fijado la fecha del 1 de diciembre los padres de alumnos puedan comenzar a solicitar a las entidades locales la devolución de los primeros 100 euros por adquisición de este material escolar.

Las ayudas serán, en todo caso, cofinanciadas en partes iguales. La aportación de la Generalitat será de un máximo de 66,68 euros por cada alumno , que se librará a los ayuntamientos o entidades locales menores beneficiarios en dos fases: una primera fase de 33,34 euros por cada alumno empadronado en el municipio en el primer cuatrimestre del curso escolar, una vez resuelta la convocatoria, y una segunda —de otros 33,34 euros— previa justificación de los gastos realizados y una vez que se haya comprobado la conformidad al final del curso escolar, de la entrega de los libros de texto y otros materiales curriculares que son objeto de la subvención para pasar a formar parte del banco de libros.

El órgano encargado de la ordenación e instrucción del procedimiento será el Servicio de Títulos, Becas y Ayudas al Estudio, el cual acordará todas las actuaciones necesarias para verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos por optar a la subvención y el procedimiento de enmienda de errores.

Además, se delega en la Dirección General de Centros y Personal Docente la facultad de conceder o denegar estas ayudas y se le autoriza para que dicte las resoluciones e instrucciones necesarias para la ejecución de esta orden.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento