El TSJC defiende que la citación de Artur Mas como imputado no responde a intereses partidistas

  • La citación del presidente en funciones de la Generalitat obedece al "calendario" del magistrado, argumenta el tribunal catalán.
  • Añade que, una vez admitida a trámite la querella, la ley le obliga a declarar.
  • El TSJC responde así a las críticas tras la decisión judicial de citar como imputado a Artur Mas dos días después de las elecciones en Cataluña.
El presidente de la Generalitat, Artur Mas, en su comparecencia en el Palau de la Generalitat.
El presidente de la Generalitat, Artur Mas, en su comparecencia en el Palau de la Generalitat.
EFE/ Andreu Dalmau
El presidente de la Generalitat, Artur Mas, en su comparecencia en el Palau de la Generalitat.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha defendido este jueves que actuó con "criterios estrictamente jurídicos" e independencia al imputar al presidente catalán, Artur Mas, y ha advertido de que no es democrático intentar "deslegitimar" al poder judicial por intereses partidistas.

En un comunicado, la sala civil y penal del TSJC argumenta que la citación de Mas como imputado obedece al "calendario" del magistrado instructor y recuerda que, una vez admitida a trámite la querella de la Fiscalía por la consulta alternativa del 9N, la ley obliga a tomarle declaración.

La sala, reunida este jueves, ha salido así al paso de las críticas a la decisión del juez Joan Manel Abril que, dos días después de las elecciones catalanas, ha citado como imputado al presidente en funciones de la Generalitat para el próximo 15 de octubre, día del fusilamiento del president Lluís Companys, unas coincidencias que los soberanistas interpretan como una provocación.

El comunicado subraya que las decisiones relacionadas con la instrucción del caso las toma el magistrado instructor, "teniendo en cuenta el calendario previo de señalamientos de la sala, así como también los posibles conflictos de fechas que afecten a las personas citadas y a sus abogados y las disponibilidades logísticas de su secretaría".

"La declaración del querellado es obligada"

Además, recalca que, una vez admitida a trámite la querella por la consulta alternativa del 9N, "la declaración del querellado es obligada", de acuerdo con lo que establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal, asistidos por la presunción de inocencia que la Constitución garantiza y sin que su situación procesal en la causa cambie.

Por ese motivo, el comunicado mantiene que, "sin desconocer la trascendencia política" de la causa, tanto el magistrado instructor como la sala del TSJC "han actuado y lo seguirán haciendo con criterios estrictamente jurídicos, con independencia de las diferentes situaciones políticas que puedan ir sucediéndose".

En opinión del tribunal, "intentar deslegitimar, por conveniencias políticas o partidistas, al poder judicial y a los magistrados que lo integran con el propósito de condicionar sus decisiones judiciales, no es propio de países que se consideran democráticamente avanzados".

TSJC anuncia en su comunicado que, "a la vista de los juicios de intenciones interesados que se están haciendo públicamente sobre sus actuaciones judiciales", seguirá cumpliendo con sus funciones "de forma sosegada e independiente, tal y como se viene haciendo".

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