El Tribunal Supremo acordó hoy anular la condena a cinco y tres años de cárcel de los tres policías implicados en la detención de dos militantes del PP durante una manifestación de la Asociación de Víctimas del Terrorismo, en la que el entonces ministro de Defensa, José Bono, dijo haber sido agredido por estos.
Según fuentes del alto tribunal, el presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS), Juan Saavedra, y los magistrados Andrés Martínez Arrieta, Enrique Bacigalupo, Luciano Varela y Manuel Marchena se reunieron el pasado jueves a puerta cerrada para estudiar los recursos y han proseguido este viernes.
La fiscalía había recurrido la condena de la Audiencia Provincial de Madrid por los delitos de detención ilegal y coacciones, no así por el de falsedad documental, mientras que la abogacía del Estado por los tres.
Los motivos en los que la fiscalía madrileña fundamentó su recurso de casación ante el Tribunal Supremo son la "infracción de ley" por aplicación indebida de los artículos del Código Penal y por "error de hecho en la apreciación de las pruebas", así como la infracción de precepto constitucional.
Cárcel y multas para los policías
La Audiencia de Madrid impuso en mayo de 2006 al comisario jefe de la Brigada Provincial de Información una pena de 5 años de prisión, 10 años de inhabilitación especial y 2.160 euros de multa.
Por el delito de falsificación el tribunal le impuso 3 años de cárcel, 2 años de inhabilitación y una multa de 1.080 euros; por el de detención ilegal, 2 años de prisión y 8 de inhabilitación y por las coacciones otra multa de 1.080 euros.
Al inspector jefe, la Audiencia le condenó a la misma pena de cárcel y de inhabilitación que al comisario jefe y a una multa de 1.080 euros, mientras que al inspector se le impuso 3 años de cárcel, 2 de inhabilitación y una multa también de 1.080 euros por falsificación documental.
Además, el tribunal fijó a favor de cada uno de los dos militantes del PP, Isidoro Barrios y Antonia de la Cruz, 12.000 euros de indemnización, ya que "sufrieron un daño moral", dinero que se pagará a la AVT "por expresa indicación de tales perjudicados".
Detenidos ilegalmente
Según el tribunal, "fuera de toda duda", Barrios y De la Cruz fueron detenidos ilegalmente.
En este sentido, la sentencia señala que no hay elementos para entender que estas detenciones "fuesen sugeridas por instancias superiores" a los acusados, aunque el tribunal añade que "tiene la leve sospecha de que las previsiones o vaticinios de que pronto habría identificaciones y detenciones", que hizo el ex delegado del Gobierno en Madrid Constantino Méndez, pudieron haber "influido" en el proceder de los acusados.
En cuanto a la falsedad, el tribunal entiende que los acusados hicieron desaparecer informáticamente el atestado original, destruyeron la primera comparecencia de los agentes que estuvieron presentes en los hechos, así como su diligencia de gestiones y la primera declaración de los escoltas del ministro.
Sobre las coacciones por las que condena al comisario jefe, la Sala indica que, lejos de la "objetividad" que debía "presidir" en su actuación, "dio inmediatamente muestras de parcialidad y subjetivismo".




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