La sustituta de la jueza Alaya creará una unidad para instruir los ERE y los cursos

  • María Núñez ha anunciado que impulsará una unidad de "apoyo judicial en la instrucción de causas complejas".
  • Según el BOE, esta ayuda se adoptará "dentro de las excepcionales medidas de apoyo judicial", aplicables a macrocausas del juzgado que drigió Alaya.
La jueza Mercedes Alaya
La jueza Mercedes Alaya
EFE/ Raúl Caro
La jueza Mercedes Alaya

La jueza de instrucción 6 de Sevilla, María Núñez, quien ha sustituido a Mercedes Alaya, ha anunciado que va a impulsar una unidad de "apoyo judicial en la instrucción de causas complejas", como los ERE o los cursos de formación, que se instruyen en su órgano judicial.

A partir del 1 de octubre estas unidades, aprobadas por el Gobierno tras una modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial y publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 22 de julio, pueden entrar en vigor.

Por su parte, el Consejo General del Poder Judicial propuso la creación de las unidades de apoyo para causas de corrupción en determinados casos, y el legislador lo ha aprobado con el nombre de "Apoyo judicial en la instrucción de causas complejas".

Según el BOE, esta ayuda se adoptará "dentro de las excepcionales medidas de apoyo judicial", aplicables a macrocausas del juzgado que ahora dirige Núñez, como los cursos de formación o los ERE por ejemplo, que lleva instruyéndose desde hace cuatro años y acumula 280 tomos y 261 imputados.

La sustituta de Alaya defiende que las nuevas medidas de apoyo judicial pueden adecuarse a las macrocausas que ha heredado de la anterior magistrada.

De acuerdo con el BOE, "el Consejo podrá acordar la adscripción a un órgano determinado de otro u otros jueces o magistrados, que sin funciones jurisdiccionales y bajo la dirección del titular de aquél, realicen exclusivamente labores de colaboración, asistencia o asesoramiento", para la mejor instrucción de causas complejas y previa propuesta de su titular.

Éste también propondrá un programa concreto de actuación especificando su objeto, ámbito de aplicación, duración y el tipo de comisiones en relación a la relevación de funciones.

La normativa legal añade que para tratar casos de idéntico fin y condiciones podrá interesarse la adscripción de uno o varios letrados de la Administración de Justicia; y que para su aprobación se precisará la autorización del Ministerio de Justicia. En el supuesto de que se interese la adscripción de letrados de la Administración de Justicia, el Consejo deberá dirigir su petición al Ministerio para la aprobación de las correspondientes comisiones.

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