Tribunales.- El TS confirma la condena de 2 años de cárcel para dos empresarios por estafa en venta de parcelas

El Tribunal Supremo ha confirmado en todos los extremos la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén de octubre de 2014 en la que se condenaba a dos años de cárcel a dos empresarios, identificados como R.M.G. y A.C.S., por delito continuado de estafa cometido con la venta de unas parcelas sin edificabilidad en el municipio de La Guardia (Jaén).

Además de la referida condena de dos años de cárcel, el tribunal de la Sección Tercera imponía a los encartados el pago de multas, así como indemnizaciones a los querellantes con cantidades que rondaban los 150.000 euros e incluso la superaban en el caso de Tecnonaisa, que se fija en 161.000 euros.

El Supremo rechaza todos y cada uno de los extremos planteados por los representantes de los dos procesados en el recurso de casación y los condena al pago de las costas. Asimismo, establece que la pretensión de que los dos constructores era ajenos a lo que sucedía con las parcelas "no sólo es inadmisible sino que raya en lo absurdo".

En su escrito de calificación de los hechos para el juicio de la Audiencia, la Fiscalía relataba que los enjuiciados vendieron a terceros parcelas en La Guardia destinadas a la construcción de viviendas cuando realmente éstas carecían de "edificabilidad" en virtud de un acuerdo plenario adoptado a raíz de una solicitud de los propios acusados.

Sin embargo, el procesado A.C.S. —titular entre 2003 y 2006 junto al otro encartado, R.M.G., de la empresa Procolar S.L.—, mantuvo durante su declaración en el juicio que la "transferencia de edificabilidad" que supuestamente aprobó el Ayuntamiento guardeño a petición suya para que estas parcelas fueran de uso social "nunca se llegó a realizar".

En esa línea, llegó a acusar al Ayuntamiento de "mentir", y argumentó que "no tiene nada que ver" con un convenio urbanístico firmado entre el Consistorio y 'Procolar S.L.' para el "aumento de edificabilidad para uso social a costa de uso residencial" en el Plan Parcial El Arrabal-Ciudad Jardín Entrecaminos, que aparece citado en un edicto firmado por el alcalde de La Guardia, Juan Morillo, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) el 10 de mayo de 2004.

Sin embargo, la Fiscalía sostiene que el 27 de marzo de 2003, en su calidad de promotora de las obras del plan parcial y proyecto de 'Ciudad Jardín (Entrecaminos)', 'Procolar S.L.' solicitó por escrito al Ayuntamiento de La Guardia un "cambio de edificabilidad" de viviendas, de modo que determinadas parcelas pasasen a ser "suelos destinados a equipamientos sociales".

El Ayuntamiento de La Guardia aceptó dicha solicitud mediante un acuerdo del pleno de la Corporación el 14 de octubre de 2003, según la versión del Ministerio Público, que en su escrito señalaba que esa modificación afectaba, entre otras, a dos parcelas que, años después, los acusados vendieron como suelos supuestamente con edificabilidad.

En concreto, el 17 de octubre de 2006, el apoderado de Procolar "concertó con J.M.G.G. contrato de compraventa" de una de dichas parcelas, un documento en el que se "hacía constar" que ésta tenía "una superficie de 1.300 metros cuadrados y una edificabilidad sobre rasante de 200 metros cuadrados".

Igualmente, los encartados supuestamente vendieron el 8 de mayo de 2006 la otra parcela referida a otra empresa mercantil por un precio total de 160.350,04 euros, IVA incluido, mediante una operación de compraventa de la que se constituía "como objeto de la misma la parcela indicada con una superficie de 1.112 metros cuadrados y una edificabilidad de 200 metros cuadrados".

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