Multa a Albert Pla por decir que "mataría a los de Podemos y a las plataformas ciudadanas"

  • "Todavía no llevan guardaespaldas, es mejor acabar [con los dirigentes de Podemos] ahora", comentó el músico catalán en una entrevista en 2014.
  • La magistrada le ha impuesto una multa de diez días con una cuota diaria de 10 euros al considerar que es autor de una falta de amenazas.
Albert Pla, durante un momento de su espectáculo 'Manifestación'.
Albert Pla, durante un momento de su espectáculo 'Manifestación'.
Archivo
Albert Pla, durante un momento de su espectáculo 'Manifestación'.

La juez del juzgado de instrucción número 4 de Valencia ha impuesto una multa de 100 euros al músico catalán Albert Pla por haber asegurado, en una entrevista en un medio de comunicación publicada el 28 de septiembre de 2014, que "mataría a los de Podemos y plataformas ciudadanas" y haber añadido: "ahora todavía no llevan guardaespaldas, es mejor acabar ahora".

Para la magistrada, Pla es autor de una falta de amenazas por la que le impone una multa de diez días con una cuota diaria de 10 euros. La denuncia la interpuso en su día el abogado Ricardo Cano, que es miembro y colaborador de diversas plataformas sociales en Valencia, como afectados por la hipoteca, y de la asociación en defensa de las libertades y derechos sociales y civiles y colaborador de otras plataformas.

El músico había alegado la excepción de incompetencia territorial —pedía la jurisdicción de Cataluña— y había reclamado la absolución al entender que no existía prueba de cargo que sustentara una sentencia condenatoria y alegar la existencia de versiones contradictorias.

La jueza rechaza en primera lugar la excepción de falta de competencia territorial ya que, conforme el artículo 14 de la Lecrim, al haberse presentado la denuncia en Valencia y siendo los hechos difundidos a través de los medios de comunicación estatal, "se estima que la competencia asumida es la correcta".

Asimismo, sostiene que en los hechos concurren "todos y cada uno de los requisitos legal y jurisprudencialmente exigidos para poder apreciar la existencia de amenazas" constitutivas de falta.

En este caso, aunque Pla negó haber proferido las amenazas imputadas, reconoce que realizó la entrevista y no existe que haya ejercido el derecho de rectificación pese a la difusión de la noticia y de que las expresiones vertidas fueron difundifas por distintos medios de ámbito nacional.

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