El juez ha aceptado este convenio, al que sólo se podrán acoger los viajeros que tenía billetes con fechas posteriores al 15 de diciembre y que no llegaron a volar.
Estos podrán recuperar el 100% del coste del billete en el plazo de un año desde que se apruebe el convenio.
35.000 con el convenio
Según informaron fuentes de la compañía a Europa Press, el número de afectados que se acogerán al convenio podría estar "alrededor de los 35.000", cifra que tendrán que confirmar los administradores concursales en su informe patrimonial.
Por su parte, los viajeros que no llegaron a volar con Air Madrid pero sí lo hicieron con los aviones programados por Fomento u otras compañías aéreas no están incluidos en el convenio.
Al concurso también se acogen como acreedores Fomento y las aerolíneas que trasladaron a estos pasajeros.
Los afectados que se adhieran al convenio tienen de plazo desde el 18 de junio hasta el 27 de julio para presentarse ante el juzgado portando una fotocopia del billete, del DNI o pasaporte y rellenar un formulario de adhesión al convenio.
También podrán personarse a través de su procurador o ante las notarias indicadas en la web administracionconcursal.airmadrid.com.
Según la Ley Concursal, el plazo es de 10 días a partir de la publicación del informe de los administradores concursales.
Está previsto que el informe llegue a los juzgados a finales de julio por lo que el plazo se extenderá hasta "principios de septiembre", según explicaron fuentes jurídicas.

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