Condenado el Sergas a indemnizar a un vecino de Lugo por la colocación de una prótesis total de cadera "inadecuada"

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela ha condenado al Sergas a indemnizar a P.I.M., de 65 años de edad y vecino de Lugo, por colocarle una prótesis total de cadera "inadecuada y con el acetábulo verticalizado".

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela ha condenado al Sergas a indemnizar a P.I.M., de 65 años de edad y vecino de Lugo, por colocarle una prótesis total de cadera "inadecuada y con el acetábulo verticalizado".

Así lo ha informado este miércoles la Asociación El Defensor del Paciente, cuyo servicios jurídicos han tramitado la causa. Según ha explicado, el paciente, tras ser intervenido de prótesis de cadera, "tuvo que ser operado dos ocasiones más, para rescatar la prótesis por estar suelta", añade.

Las intervenciones se efectuaron en el hospital concertado Polusa de Lugo. La asociación ha señalado que al paciente se le concedió una incapacidad para su profesión habitual y, tras ello, acudió a los servicios jurídicos de El Defensor del Paciente en Galicia, por entender que "había habido una actuación médica incorrecta".

El abogado de la Asociación de El Defensor del Paciente en Galicia, Cipriano Castreje, formuló una demanda, tras la que ahora ha sido condenado el Sergas a indemnizar al paciente por los "daños y perjuicios al considerar que la actuación médica fue incorrecta", destacan las mismas fuentes.

El juzgado Contencioso de Santiago considera, según apunta la asociación, "que la causa del recambio de la primera prótesis (de técnica no descrita, salvo que se trataba de prótesis cementada) fue la inestabilidad de la misma, probablemente debido a escogerse un vástago femoral insuficiente y a la insuficiencia glútea por desprendimiento del glúteo mediano existente".

Segunda y tercera cirugía

"Afirma el juzgado también que la segunda cirugía fue necesaria por la inestabilidad de la prótesis y que la tercera cirugía fue también necesaria por el aflojamiento del acetábulo femoral", relatan las mismas fuentes.

Además, añade que el juzgado sostiene que la revisión quirúrgica de la primera prótesis "debería haberse realizado antes". "Además, estableció relación entre las luxaciones y la inestabilidad que padeció, refiriendo también que la prótesis elegida era probablemente más corta de la exigida, y que la primera prótesis (no cementada), si bien era adecuada a su edad por la previsible necesidad de recambio, sin embargo testaba un poco verticalizada", alega.

"El acetábulo verticalizado tiene que ver con la colocación de la prótesis y, junto con el carácter no cementado de la prótesis, fueron causa del aflojamiento del mismo. Recuerda que el acetábulo verticalizado no fue corregido en la segunda intervención porque solo operan la parte femoral", abunda la asociación.

Por todo ello, el letrado Cipriano Castreje concluye que el juzgado reconoce que "se produjo una actuación incorrecta de la Administración sanitaria tanto por la tardanza o retraso en la revisión de la primera prótesis que influyó en el estado clínico del paciente, como por la elección de la misma y la colocación del acetábulo, un poco verticalizado, actuaciones que permiten la estimación de la demanda e indemnizar al paciente".

Mostrar comentarios

Códigos Descuento