TSJPV desestima el recurso de la Diputación vizcaína por la lanzadera Galdakao-Etxebarri

La resolución, contra la que no cabe recurso, ratifica la orden de Etxebarri que mantiene la parada en la calle Nerbioi

La sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha desestimado el recurso presentado por la Diputación foral de Bizkaia contra la orden del Ayuntamiento de Etxebarri que impide el paso hasta el núcleo urbano de la lanzadera de Bizkaibus que acerca a los vecinos de Galdakao a la parada del metro en Etxebarri.

La resolución, contra la que no cabe recurso, desestima el recurso de la Diputación contra el auto dictado el 2 de febrero de 2015 por el juzgado de lo Contencioso-administrativo número 6 de Bilbao, que acordó dejar sin efecto la suspensión cautelar urgente del decreto del 12 de diciembre de 2014 del concejal de Seguridad Ciudadana de Etxebarri, que fijaba la parada de la línea de Bizkaibus A-3932 en la calle Nerbioi.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Bilbao decidió el pasado mes de febrero dejar sin efecto la medida cautelar adoptada con carácter urgente en un auto del 29 de enero, por el que se suspendía la decisión del Ayuntamiento de Etxebarri de no permitir el paso de la lanzadera hasta el metro, por lo que se procedió a la colocación de la señal nuevamente en la calle Nerbioi de Etxebarri, a unos 700 metros de la estación.

El auto de enero acordaba la suspensión cautelar de la resolución emitida por el Ayuntamiento de Etxebarri en diciembre por la que se impide el paso de la lanzadera de Bizkaibus hasta la estación del Metro en esa localidad. Por ello, desde esa misma tarde, la lanzadera comenzó a llegar hasta la estación de metro.

DESESTIMADO

Al día siguiente del auto, 30 de enero, se citó a las dos partes, Ayuntamiento y Diputación foral de Bizkaia, para oírlas y, tras ello, resolver sobre el levantamiento, mantenimiento o modificación de la medida cautelar.

En el nuevo auto fechado el 2 de febrero, el juez dejó sin efecto la medida cautelar, de forma que la parada de la lanzadera volvió a colocarse en la calle Nerbioi. No obstante, daba la posibilidad de impugnar esta resolución mediante recurso de apelación, que finalmente ha sido desestimado por el TSJPV.

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