Condenan a 33 años de cárcel a los dos acusados de asesinar a pedradas a un indigente en Utrera

  • Los hechos tuvieron lugar el 17 de junio de 2013.
  • La víctima sufrió la rotura de seis costillas y perdió tres dientes.
  • Un vecino alertó a la Policía al oír a la víctima.
Una indigente pide limosna.
Una indigente pide limosna.
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Una indigente pide limosna.

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a 17 años y medio y a 15 años y medio de cárcel, respectivamente, a los dos jóvenes acusados de asesinar a pedradas a un indigente en la localidad sevillana de Utrera.

Los hechos tuvieron lugar el 17 de junio de 2013. La víctima sufrió la rotura de seis costillas y la pérdida de tres piezas dentales a consecuencia de los golpes sufridos.

En la sentencia, la Audiencia Provincial condena a J. C. F. O. a 17 años y medio de prisión y a 15 años y seis meses, a G. D. G. Además, ambos deberán pagar una indemnización de 27.000 euros a la familia de la víctima.

El día 25 de marzo un jurado popular declaró por unanimidad culpables de asesinato a los dos acusados, para cada una de los cuales la Fiscalía solicitó 20 años de cárcel, al considerar que acabaron con la vida de la víctima "por divertirse".

La sentencia considera probado que, sobre las 3,30 h del 17 de junio de 2013, los dos condenados, "puestos de acuerdo", se dirigieron en una motocicleta hasta el olivar existente junto al camino del Zárate, y en concreto hasta una casetilla de bombeo donde sabían que podían encontrar al fallecido, conocido como el Chatarrero porque "era usual verlo por la calle llevando un carrito con restos de metales y otros efectos".

Con piedras y palos

Una vez en dicho paraje, J. C. F. O. comenzó a golpear con piedras y palos a la víctima, mientras que el segundo acusado le alumbraba con una linterna al carecer el lugar de luz y vigilaba "por si pudiera aparecer alguien". El fallecido gritaba mientras era agredido "iros de aquí, que me vais a reventar la cabeza" y frases similares.

"Conociendo como conocían el estado de deterioro físico del indigente, con quien habían existido incidentes previo", y dado además "el grado de violencia empleada y la reiteración", los acusados asumieron que los golpes con palos y piedras propinados por Juan Carlos podían matar al afectado, pero "no cesaron" hasta que G. D. G. avisó a su amigo de que venía un coche, en concreto un patrullero de la Policía Local, a la que había alertado un vecino. Entonces, se dieron a la fuga dejando abandonado el ciclomotor con las llaves puestas.

Los agentes de la Policía Local y los de la Guardia Civil que se personaron en el lugar ofrecieron asistencia sanitaria al indigente, que la rechazó. Pero el 18 de junio de 2013, la víctima, que pesaba 48,5 kg y medía 1,68 cm, fue trasladada hasta un centro sanitario de Utrera, al ser hallada, caída, en el camino del Zárate.

Ingresó con constantes vitales normales en cuanto a frecuencia cardiaca, temperatura y presión arterial para ser asistido de una herida que tenía en la parte superior del labio, pero estando en el centro médico le sobrevino una parada cardiorrespiratoria que no superó, pese a las maniobras de reanimación, certificándose su fallecimiento a las 10.05 h.

La víctima, finalmente, murió a consecuencia de un traumatismo abdominal cerrado que le causó una peritonitis postraumática y una hemorragia pos desgarro interno consecuencia de los golpes recibidos, que le provocaron la fractura de seis costillas, la pérdida de tres piezas dentales y una herida en el labio.

"No existe prueba directa"

La Audiencia señala que en este caso "no existe prueba directa de la realidad y autoría del delito" y "solamente se cuenta con indicios", entre los que cita la declaración de un vecino que, alertado por su mujer de que se escuchaban ruidos, se asomó a la ventana y llamó a la Guardia Civil, ya que vio a alguien en la zona donde vivía el indigente alumbrando con una linterna "y cómo le estaban pegando" a este con palos y piedras, mientras el fallecido decía "iros de aquí, que me vais a matar" o "dejarme que me vais a reventar la cabeza".

Según la Audiencia, "si los golpes cesaron no fue por voluntad propia de quienes se concertaron para ello, sino por el aviso del que vigilaba y tenía la linterna de que se acercaba gente, lo que motiva la huida; no se pone fin a la agresión sino cuando no pueden proseguirla". "Además, destaca que el indigente "era sin duda una víctima fácil que doblaba la edad de sus asaltantes y con un organismo debilitado, que ninguna posibilidad de defenderse tuvo", punto en el que remarca que, aparte del estado físico, "no cabe obviar al momento de valorar la vulnerabilidad del finado la existencia de datos que apuntan a algún problema de otra índole".

Y es que "daba voces a solas" y "se había aislado de todos y de todo pese a contar con familia muy cercana para vivir en condiciones realmente penosas, tal y como reflejan las fotos existentes del lugar en el que se cobijaba quien en su momento tuvo trabajo y una vida relativamente normalizada según sus hijos, hasta poco después de su separación".

Tras resaltar que el estado que mostraba el cadáver "permite tener una fiel idea del grado de violencia que se ejerció" contra la víctima, la Audiencia dice que J. C. F. O. fue el autor directo "de la muerte no inmediata" del indigente, mientras que "no se puede atribuir" a G. D. G. "la autoría de golpe alguno, aunque las declaraciones escuchadas por testigos que hablaron con el luego fallecido podrían, tal vez, abonar lo contrario al dirigirse hacia sus asaltantes en plural".

No obstante, considera a G. D. G. coautor de los hechos, ya que "hubo previo acuerdo para ir en su busca -la zona donde dormía el indigente no era camino de paso-" e iluminó el lugar para "facilitar la comisión" del asesinato. "Pudo poner fin al hecho haciendo desistir al autor material de los golpes cuando debió advertir que estos se reiteraban conociendo las circunstancias de la víctima, y fue quien avisó de la llegada de personas, permitiendo de esta forma la huida", concluye.

En la primera jornada del juicio, G. D. G. aseguró que no estuvo en el lugar de los hechos yJ. C. F. O. admitió que llegó a golpear al fallecido en dos ocasiones con una piedra, pero para defenderse y evitar ser agredido por el mismo, algo que no comparte la Audiencia, pues "el reportaje fotográfico del fallecido, aunque se haya enviado en blanco y negro, igualmente deja constancia de que sobre el mismo no se golpeó sólo dos veces".

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