La Audiencia ve indicios de delito en salida a bolsa de Bankia aunque fue "correcta"

  • Aunque fue "formalmente correcta", no reflejó su imagen fiel en sus cuentas, lo cual supone un "reproche penal para sus administradores".
  • La Fiscalía insiste en que no hay motivos para encarcelar a Rato.
Imagen de archivo de una sucursal de Bankia.
Imagen de archivo de una sucursal de Bankia.
EUROPA PRESS
Imagen de archivo de una sucursal de Bankia.

La Audiencia Nacional aprecia "indicios de criminalidad" en la salida a bolsa de Bankia porque, aunque fue "formalmente correcta", no reflejó su imagen fiel en sus cuentas, lo cual supone un "reproche penal para sus administradores", entre ellos Rodrigo Rato.

Así lo expone la sección tercera de la sala de lo penal en el auto en el que estima parcialmente el recurso de la matriz de Bankia, BFA, contra el auto en el que el juez Fernando Andreu impuso una fianza civil de 800 millones al grupo y a cuatro miembros de su excúpula.

Y lo hace parcialmente porque, explica, la cantidad que debió fijar el instructor debía ceñirse a lo que reclamaron los accionistas personados en la causa, que ascendía a 34 millones, pero no por el resto de argumentos que esgrimió la entidad, entre ellos la improcedencia de adoptar esta medida cautelar.

Pero también aquel por el que BFA, además de Bankia, consideraban que la decisión de Andreu debía ser anulada porque no había requerido caución o contracautela a los perjudicados "como presupuesto ineludible para la adopción de medidas cautelares" regulada en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

"La petición de una medida cautelar a la propia víctima perjudicada por el hecho delictivo que se enjuicia, parece un contrasentido si tenemos en cuenta los presupuestos y finalidad de la medida cautelar real en el proceso penal", responde la sala.

Para la Audiencia, los informes periciales realizados por los dos inspectores cedidos por el Banco de España que cuestionaron las cuentas de la entidad desde su misma constitución, pasando por las de su debut bursátil, ponen de manifiesto los indicios de criminalidad en relación con el artículo 282 bis del Código Penal.

El citado artículo castiga con hasta seis años de cárcel a quienes como "administradores de hecho o de derecho de una sociedad emisora de valores, falsearan la información económica financiera contenida en los folletos de emisión de cualesquiera instrumentos financieros, con el propósito de captar inversores o depositantes".

"No reflejó en su contabilidad su imagen fiel"

Así, considera que la salida a bolsa de Bankia fue "formalmente correcta, pero no reflejó en su contabilidad su imagen fiel, y ello es lo que conlleva el reproche penal de sus administradores".

También reitera que aunque existe una contrapericial encargada por Bankia al experto Leandro Cañibano que discrepa de las conclusiones de las tesis de los peritos judiciales, así como un informe particular emitido por la CNMV a petición del FROB que también les rebate, insiste en que el informe de los técnicos independientes es el único que ha sido sometido a contradicción.

De hecho, en su respuesta al recurso de Bankia, el tribunal señala que la pericial judicial debe primar sobre la opinión de los supervisores que la avalaron, ya que estos dieron su visto en base a las auditorías realizadas por Deloitte, por las que ha sido después sancionada.

Así, explican que uno de los extremos que demuestran la "relevancia" de la pericial es el expediente que el Instituto Contable de Auditoría de Cuentas (ICAC), dependiente del Ministerio de Economía, abrió contra Deloitte por dos faltas muy graves y dos graves en su trabajo con las cuentas de los dos primeros trimestres de 2011, claves para su debut bursátil.

"En consecuencia, es razonable la prioridad de los informes periciales, medio susceptible de detección de una elaboración interesada de las cuentas frente a los testimonios de los supervisores que tenían conocimiento de las auditorías para realizar su actividad", subraya.

Hasta la fecha, la Audiencia ha respondido a los recursos de la Fiscalía Anticorrupción, Rodrigo Rato, BFA y Bankia, así como al del FROB, el cual desestimó por falta de legitimación.

También recurrió la "mano derecha" de Rato, José Manuel Fernández Norniella, y recientemente han presentado nuevos escritos ante la Sala Fernando Verdú y José Luis Olivas, sobre los que tendrá que pronunciarse.

La Fiscalía no ve motivos para encarcelar a Rato

La Fiscalía Anticorrupción ha insistido en que no hay motivos para ordenar el ingreso en prisión provisional del exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato por el "caso Bankia", al no haber riesgo de fuga o de que pueda destruir pruebas.

En un escrito, el fiscal Alejandro Luzón se opone a la petición que hicieron varias acusaciones del "caso Bankia" para que el juez Fernando Andreu ordenara el encarcelamiento provisional sin fianza del exministro de Economía.

Según el Ministerio Público, no concurre ninguno de los requisitos previstos en el artículo 503 de la Lecrim para decretar esta medida, como son que en la causa hayan aparecido indicios nuevos de delito, que exista un riesgo de que pueda destruir pruebas o de fugarse.

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