Un vecino ha puesto un aparato de aire acondicionado en la azotea y, cuando lo enciende, se oye un zumbido por toda la casa y no se puede estar. ¿Es legal? ¿Qué puedo hacer? Cualquier modificación o alteración de los elementos visuales de un edificio (aire acondicionado, cerramientos, toldos...) debe tener autorización expresa por parte de la comunidad de propietarios, debidamente reunida en Junta. Además, las ordenanzas municipales pueden establecer determinadas obligaciones o prohibiciones para la colocación de elementos visuales que afecten a los edificios, especialmente tratándose de edificios antiguos o emblemáticos.
Además, las instalaciones que la comunidad o los copropietarios realicen en los elementos comunes o privativos deberán realizarse siempre de forma que no causen molestias o perjuicios al resto de copropietarios. En caso contrario, se puede denunciar ante los servicios municipales correspondientes, que podrían acordar sanciones y la obligación de retirar la instalación efectuada.
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