La Audiencia Provincial de Cantabria ha ordenado a un Juzgado de Reinosa que continúe con el procedimiento civil iniciado por la comercialización "fraudulenta" de acciones de Bankia en verano de 2011, demanda que el juez de instancia había acordado suspender hasta que se resolviera el proceso penal abierto por este asunto en la Audiencia Nacional de Madrid.
"La sentencia que recaiga en la vía civil no pende de lo que decida en la vía penal" concluye la Sección Cuarta de la AP en una resolución que revoca un auto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de la capital campurriana dictado en julio de 2014.
En la resolución de la Audiencia, fechada el pasado 10 de febrero y a la que ha tenido acceso Europa Press, se estima el recurso de apelación interpuesto por los afectados y se acuerda que prosiga el procedimiento civil iniciado con la demanda en la que se solicitaba la nulidad de la orden de compra de acciones de Bankia.
Según la Audiencia, la estimación o desestimación de esta demanda "no depende" de que los querellados en el procedimiento penal -directivos de Bankia- sean o no declarados culpables por la comisión de un delito, en este caso de falsedad documental.
Y añade al respecto que la confirmación de este delito sería "indiferente" para el "éxito o fracaso" de la demanda presentada por los afectados, "ajenos" a la causa penal, y que basan su acción en una información personalizada que consideran "inveraz" y en un posible "error y vicio" del consentimiento.
A juicio de la defensa, ejercida por el letrado José Ángel Ecenarro, la suspensión de la demanda por parte del Juzgado de Reinosa "ponía en grave riesgo la próspera habilidad de las acciones civiles de los afectados por las acciones Bankia", procesos que deben seguir adelante, "sin dilación o demora alguna".
Este auto de la Audiencia, concluye el abogado, "echa por tierra el principal motivo de oposición que los letrados de Bankia oponen a las demandas: la prejudicialidad penal", y permite que los jueces "entren a conocer del asunto sin entorpecimiento procesal alguno".
Comentarios
Hemos bloqueado los comentarios de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.
Consulta los casos en los que 20minutos.es restringirá la posibilidad de dejar comentarios