Piden la ejecución de la sentencia de demolición parcial del edificio "Tenis"

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha dado traslado al Ayuntamiento de Laredo del escrito presentado por una de las partes personadas en el caso del "Edificio Tenis" para instar al cumplimiento de la sentencia que establece la demolición parcial del edificio.
Edificio Tenis
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Edificio Tenis

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha dado traslado al Ayuntamiento de Laredo del escrito presentado por una de las partes personadas en el caso del "Edificio Tenis" para instar al cumplimiento de la sentencia que establece la demolición parcial del edificio.

Según informa el Ayuntamiento en nota de prensa, se trata de una actuación que motivó la condena por prevaricación del entonces alcalde de Laredo y hoy portavoz socialista, Juan Ramón López Revuelta, por el Tribunal Supremo.

Desde la Alcaldía apostillan que el exregidor socialista junto a otros tres concejales de su grupo fue condenado por prevaricación por la Sala Segunda del Tribunal Supremo en sentencia de 27 de mayo de 1994 a seis años y un día de inhabilitación para cargo público, y que en el año 96 recibió el indulto tras el último Consejo de Ministros presidido por Felipe González.

Según la parte actora, desde el 29 de diciembre de 2011 no ha existido ningún tipo de actuación ni trámite procesal en relación a la sentencia que dispone la demolición de lo construido ilegalmente.

Por dicho motivo, se dirige a la Sala del TSJC y exige "que se proceda a resolver esta pieza de ejecución para que, sin más dilación, el Ayuntamiento de Laredo proceda al cumplimiento del fallo de la sentencia, con el fin de satisfacer la legítima tutela judicial efectiva, adoptando las resoluciones que procedan para la ejecución material del fallo".

De acuerdo a la sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria de 16 de noviembre de 1992 y auto firme para su ejecución de fecha 20 de enero de 1999, se ordena al promotor y propietarios del edificio Tenis a la demolición de los vuelos o terrazas de la edificación, así como de todo lo construido bajo cubierta por encima de la línea teórica de 45º.

La redacción del proyecto de demolición fue adjudicada a la empresa "Pentia", que presentó el proyecto de derribo de las obras ilegales el 27 de enero de 2009. Dada audiencia a sus propietarios sobre dicho proyecto, con fecha 21 de noviembre de 2008, acuden a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC a fin de plantear diversas cuestiones técnicas y de seguridad del edificio para la ejecución del proyecto, acompañando el informe de un perito.

La Sala, ante los defectos imputados al proyecto redactado por Pentia, en virtud de Auto de 16 de septiembre de 2009, acuerda la intervención de un tercer perito. Éste presenta un informe ante la Sala y las aclaraciones solicitadas por las partes.

Según informa el Ayuntamiento, el proyecto de derribo contiene justificación de las medidas a adoptar a efectos de mantener la edificación en perfectas condiciones de estabilidad y seguridad, plazo y presupuesto de ejecución de las obras de demolición de diversos elementos.

En concreto, de los vuelos y terrazas construidos en sus fachadas laterales con frente a la calle Martínez Balaguer, calle Marqués de Valdecilla e interiores, en un total de 48 unidades en el conjunto de ambos bloques dispuestos en la dos plantas de pisos, una por cada apartamento.

Asimismo, se impone el derribo del exceso construido bajo cubierta por encima de la línea teórica de 45º a contar desde el plano de la fachada, en la forma que se destalla en el informe técnico de fecha de 7 de junio de 2000.

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