El Supremo cita a Chaves y Griñán como imputados en el 'caso de los ERE' para abril

  • El Alto Tribunal cita a los expresidentes andaluces y el resto de aforados entre el 7 y el 21 de abril.
  • El primero que acudirá al Supremo será José Antonio Viera.
  • Griñán está citado para el 14 de abril y Chaves, para el 16 del mismo mes.
  • Las defensas de los aforados dicen que no se trata de un auto de imputación al no recoger indicios contra ellos.
  • Claves del 'caso de los ERE' de la Junta de Andalucía.
Combo de imágenes de los expresidentes de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán y Manuel Chaves.
Combo de imágenes de los expresidentes de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán y Manuel Chaves.
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Combo de imágenes de los expresidentes de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán y Manuel Chaves.

El instructor del caso ERE en el Tribunal Supremo ha citado como imputados a los cinco aforados implicados en la causa, entre ellos los expresidentes socialistas de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán, para fechas comprendidas entre el 7 y el 21 de abril.

Es decir, todos comparecerán ante el Alto Tribunal tras celebrarse las elecciones autonómicas en Andalucía, que han sido convocadas para el próximo 22 de marzo.

El magistrado Alberto Jorge Barreiro ha notificado este martes las citaciones (comparecencias voluntarias para decidir si se pide o no el suplicatorio).

El primer citado será José Antonio Viera (7 de abril). Le seguirá el día 9 de abril, el expresidente José Antonio Griñán.

Mientras, el 14 de abril, será el turno de su antecesor en el Ejecutivo andaluz Manuel Chaves; el 16 de abril, de Gaspar Zarrías; y el 21 de abril, de Mar Moreno.

Según fuentes del alto tribunal, la condición como imputados de las cinco personas aforadas que han sido citadas se produce porque no tendría sentido que lo hicieran como testigos y porque ellos mismos se han prestado a ello voluntariamente.

La intención de los aforados para declarar voluntariamente es disipar dudas y evitar que se pida el suplicatorio al Parlamento para abrir una causa contra ellos, según las mismas fuentes.

Los aforados citados lo son porque tienen acta de diputados, en el caso de los expresidentes de la Junta Chaves y Griñán y de los exconsejeros José Antonio Viera y Gaspar Zarrías, y como senadora, en el caso de Mar Moreno.

Pide información

Además, en la misma providencia el magistrado toma distintas iniciativas para pedir información a los peritos de la Intervención General del Estado y a la Junta de Andalucía en torno a la tramitación de las ayudas investigadas y su integración en los presupuestos comprendidos entre los años 2000 a 2012.

De este modo, por un lado pide a los peritos que amplíen su informe para contraponer sus tesis a las expresadas por la defensa de Griñán en otro escrito.

Además, pide a los mismos peritos que le informen sobre las sesiones de la Comisión de Viceconsejeros, presididas por el consejero de Presidencia, para disponer de información sobre estas sesiones a las que, recuerda Barreiro, el imputado Antonio Fernández García, exconsejero de Empleo de la Junta, se refirió como "consejillos".

Así, el magistrado quiere conocer "los temas que se trataban en las mismas relativos a las modificaciones presupuestarias, a los planes anuales de controles financieros, al anteproyecto de presupuestos confeccionado por la Consejería de Economía y Hacienda y a cualquier proyecto normativo relacionado con la concesión de ayudas sociolaborales y ayudas económicas directas a diferentes empresas de Andalucía".

Además, Barreiro libra oficio a la Junta para que aporte documentos firmados por altos cargos de la Junta que hayan sido remitidos a la Consejería de Economía y Hacienda para los presupuestos del período 2000-2012. Y pide a la Junta que aporte documentos firmados por las personas que dirigían la agencia IFA-IDEA y que fueran destinados a la Consejería de Empleo y a la Consejería de Innovación en el mismo período (Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, una de las concesionarias de las ayudas investigadas).

Además, libra oficio a la Junta para que aporte a la causa "la documentación acreditativa de la entrada en la Consejería de Economía y Hacienda de documentos referidos en los dos párrafos anteriores", dice también el magistrado en su providencia de hoy.

También le solicita los escritos mediante los cuales el consejero de Economía y Hacienda remitió el anteproyecto de presupuesto al Consejo de Gobierno para cada uno de los años correspondientes al período citado; y la certificación de los acuerdos del Consejo de Gobierno de Andalucía en los que se decidió remitir el Proyecto de Ley de Presupuestos al Parlamento de Andalucía en el período citado.

"No es un auto de imputación"

Mientras tanto, los abogados defensores de los cinco aforados citados a declarar como imputados han alegado que "no es un auto de imputación contra ellos ni contiene ningún razonamiento que recoja indicio alguno de criminalidad".

En este sentido, fuentes de las defensas han señalado que ninguno de ellos "ha recibido auto de continuación del procedimiento, vulgarmente conocido como auto de imputación, y menos aún auto de apertura de juicio oral, por lo que las informaciones que afirman que el Tribunal Supremo les ha imputado resultan desafortunadas y equívocas".

Al hilo de ello, las mismas fuentes han indicado que la providencia notificada por el Tribunal Supremo este martes llamando a declarar a los cinco aforados en el asunto de los ERE "no es un auto de imputación contra ellos, ni contiene ningún razonamiento que recoja indicio alguno de criminalidad".

Así, añaden que, "una vez que el Tribunal Supremo se declara competente mediante auto de 13 de noviembre de 2014 para investigar a los cinco aforados como consecuencia de la exposición razonada" elevada por la jueza Mercedes Alaya, "fueron los mismos aforados los que solicitaron por escrito comparecer para ser escuchados en declaración ante el Tribunal Supremo".

En este sentido, han apuntado que "esta comparecencia para declarar solo puede ser en calidad de imputados, si se desea rodearse de las garantías procesales correspondientes, como son la asistencia de abogado o el derecho a proponer pruebas, entre otras". En esta línea, añaden que "es a partir de esa declaración ahora señalada con fecha, y de la práctica de las pruebas pertinentes, cuando el Tribunal Supremo decidirá si archiva la causa o si emite auto de continuación del procedimiento -conocido como auto de imputación- y luego auto de apertura del juicio oral".

Así, añade que "solo en estas dos últimas circunstancias puede hablarse de que exista indicio de criminalidad. No antes", han zanjado las mismas fuentes.

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