Condenan a la mutua Fremap a indemnizar a un vigués al que dejaron un fragmento de una aguja tras una cirugía de menisco

Tuvo que ser operado de nuevo con anestesia local unas semanas después para la extracción del material quirúrgico olvidado

La mutua Fremap ha sido condenada a indemnizar a un vecino de Vigo de 33 años por los daños y perjuicios ocasionados al dejar un fragmento de una aguja quirúrgica olvidada tras una cirugía de menisco y ligamento cruzado anterior.

Así lo ha informado la Asociación El Defensor del Paciente en relación a una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) relativa a unos hechos sucedidos el 31 de octubre de 2008 cuando se realizó "la intervención de plastia de ligamentos cruzados vía artroscopia, bajo raquianestesia".

En una revisión efectuada el 21 de noviembre de 2008, a las tres semanas de evolución, "se hace constar en el informe médico de especialista en cirugía ortopédica y traumatología que el paciente se encuentra bien, sin dolor en la rodilla pero sí en la zona de salida de la aguja quirúrgica a nivel femoral, fundamentalmente a la flexión de la rodilla y a la palpación de la zona", explica la asociación.

Por ello, se le realizó al paciente una radiografía, en la que se observó un fragmento de aguja quirúrgica, por lo que se decidió que era necesaria su retirada, señala en un comunicado El Defensor del Paciente.

Dicho material quirúrgico le fue extraído el día 24 de noviembre de 2008 al paciente bajo bloqueo femoral del miembro inferior izquierdo y anestesia local. Con el paso del tiempo el varón "consiguió la flexo-extensión de rodilla y fue ganando cuádriceps", destaca la asociación.

En las siguientes revisiones médicas se señalaba que iba "ganando potencia en el cuádriceps e isquiotibiales", que la rodilla se encontraba "estable" y que presentaba "molestias esporádicas", indican las mismas fuentes.

RESPONSABILIDAD

La asociación ha puntualizado que la mutua Fremap "no reconoció su responsabilidad en vía de reclamación patrimonial", lo que obligó al paciente, según añade, a formular "la oportuna demanda". "Y ahora la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia acoge los argumentos del abogado del trabajador, señalando la evidente falta de diligencia derivada del olvido de la aguja quirúrgica en aquella intervención de 31 de octubre de 2008", destaca el letrado Cipriano Castreje.

El abogado del paciente apunta que la Sala del Alto Tribunal resalta el "incuestionable carácter negligente de la actuación médica" al olvidar la aguja quirúrgica en el interior de la pierna del paciente y ,con ello, "la infracción de la 'lex artis', así como la antijuridicidad del daño, por no tener el afectado la obligación jurídica de soportar dicho daño".

Por ello, la sala condena a Fremap a indemnizar al trabajador "en el daño evaluable, consistente en la necesidad de extracción del material quirúrgico", y en los días necesarios para su curación y recuperación.

INTERESES

Además condena al pago de los intereses desde la fecha de la reclamación, ya que la Sala razona que "resulta evidente", según precisa la asociación, "que a esos días de curación ha de añadirse como daño evaluable". En primer lugar el derivado de que "el demandante se ha visto obligado a pasar por una segunda intervención sin justificación alguna".

En segundo lugar apunta El Defensor del Paciente la "demora que ha sufrido la evolución postquirúrgica de la intervención realizada el 31 de octubre anterior" y, por último, añade "los dolores sufridos en la zona de la aguja durante los días transcurridos entre el 31 de octubre y el 24 de noviembre".

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