Pena máxima para un taxista por vejar a una pareja de gais con insultos en plena calle

  • El taxista estaba estacionado en el carril bici de la calle Diputación de Barcelona y las víctimas, que iban en bici, rozaron el vehículo.
  • El condenado les recriminó su actitud con insultos "a gritos, en la vía pública, con intención evidente de humillar" por su orientación sexual y origen.
  • Deberá pagar 240 euros de multa, la pena más alta por dos faltas de vejaciones.
Un taxi pasa junto a la parada habilitada en el Aeropuerto de Barcelona.
Un taxi pasa junto a la parada habilitada en el Aeropuerto de Barcelona.
SERGI SABATÉ / ACN
Un taxi pasa junto a la parada habilitada en el Aeropuerto de Barcelona.

Un juez de Barcelona ha condenado a un taxista a 240 euros de multa, la pena más alta por dos faltas de vejaciones, por proferir expresiones homófobas y racistas a una pareja de gais con la que discutió, "con intención evidente de humillarlos".

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, condena al taxista a la multa más alta por vejaciones, al entender que las ofensas que dirigió a la pareja se refieren "a circunstancias personales de las víctimas que en una sociedad como la nuestra han de ser singularmente protegidas: la orientación sexual y la condición de extranjeros".

Según cree probado el titular del juzgado de instrucción número 6 de Barcelona, las vejaciones sucedieron en el marco de una pelea en la que el taxista se enzarzó en una discusión con una pareja de gais que circulaban por el carril bici de la calle Diputació de Barcelona, donde el condenado tenía estacionado su vehículo.

Los ciclistas siguieron circulando por el carril bici cuando llegaron a la altura del coche, lo que motivó que el taxista, Domingo F., les recriminara que hubieran dañado su vehículo mientras les llamaba reiteradamente "sudacas de mierda" y "maricones".

El taxista también denunció a la pareja por una falta contra el patrimonio por los daños que asegura causaron en su coche, pero el juez los ha absuelto, al considerar que no hay pruebas suficientes para acreditar que el golpe se produjo y, en su caso, si fue intencionado.

Por el contrario, la sentencia condena al taxista y recuerda que él mismo reconoció que había dirigido las palabras vejatorias a la pareja de gais con la intención de que fueran "particularmente ofensivas" para sus destinatarios.

"Las palabras que les dirigió son objetivamente vejatorias y singularmente adecuadas para ofender, dadas las circunstancias personales de aquellos a quienes se dirigen", sostiene el magistrado, Miguel Ángel Tabarés.

El juez cree que está justificado imponer la pena máxima al taxista porque las palabras dirigidas a la pareja de homosexuales "se profirieron a gritos, en la vía pública, con intención evidente de humillar a sus destinatarios ante otros usuarios de la vía, cosa que los perjudicados dicen que el condenado consiguió".

Laia Serra, abogada del Observatorio contra la Homofobia, ha celebrado la sentencia porque "evidencia que la justicia se toma seriamente las discriminaciones diarias que sufre el colectivo LGTB" y ha recalcado que la Ley contra la homofobia que recientemente ha aprobado el Parlament de Cataluña supone "una herramienta muy valiosa por las sanciones administrativas que comporta".

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