El Supremo no descontará a los etarras las penas cumplidas en otros países de la Unión Europea

  • La Sala Segunda fija no aplicar la normativa europea de acumulación de penas y rechaza el recurso de un preso etarra.
  • La Audiencia Nacional ya ha aplicado la normativa europea favorablemente para cuatro presos etarras, decisión recurrida también ante el Supremo.
  • Desde que ETA anunció el fin definitivo de la violencia en octubre de 2011, 219 etarras han sido excarcelados, y de aquí a 2020 puede salir otros 250.
Acto de los expresos de ETA celebrado en Durango, Vizcaya.
Acto de los expresos de ETA celebrado en Durango, Vizcaya.
Miguel Toña / EFE
Acto de los expresos de ETA celebrado en Durango, Vizcaya.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, formada por 15 magistrados, ha decidido este martes no descontar a los presos etarras encarcelados en España los años de condena que ya han cumplido en otros países de la Unión Europa, no aplicando así en su totalidad la normativa europea sobre acumulación de las penas. Por nueve votos a seis, la Sala del Supremo rechaza así el recurso presentado por el preso etarra Kepa Pikabea, detenido en Francia en 1994 y expulsado años después del colectivo oficial de reclusos de ETA, al que la Audiencia Nacional rechazó descontarle de su pena en España los diez años que había cumplido en Francia. Lo dictaminado ahora por el Supremo será extensible para otro casos, y fijará doctrina para unos 80 presos etarras que han cumplido penas en otros países europeos antes de ser extraditados a España.

El criterio fijado por el Supremo contradice el de la Sección Penal Primera de la Audiencia Nacional, que decidió hace unas semanas sumar a las condenas en España los años de prisión en Francia en cuatro casos: Santiago Arrospide alias Santi Potros y Alberto Plazaola, que debían salir de prisión en 2025 y 2026, respectivamente, fueron puestos en libertad el 4 de diciembre de 2014. Francisco Mújica alias Pakito y Rafael Caride Simón han visto reducidas sus condenas tras descontárseles los años encarcelados en Francia. Se da la circunstancia además de que a Santi Potros ya se la había anulado la aplicación de la 'doctrina Parot', que redujo su fecha de excarcelación de 2030 a 2025. Ahora, con la aplicación de esta normativa europea, ha salido de la cárcel en diciembre de 2014.

La decisión de la Audiencia Nacional disparó entonces todas las alarmas en el Gobierno del PP, que con las próximas convocatorias electorales (municipales, autonómicas y generales) a la vuelta de la esquina, no quería que una nueva decisión judicial disgustase a parte de su electorado y a las asociaciones de víctimas, que han convocado una gran manifestación el 24 de enero contra los incumplimiento del PP en materia antiterrorista. La Fiscalía había recurrido las decisiones de la Audiencia, que serán ahora examinadas por el Supremo, que, tras la decisión de este martes, dará previsiblemente marcha atrás a las excarcelaciones ordenadas por la Audiencia.

Sobre la decisión de la Sala del Supremo, presidida por el conservador Manuel Marchena, ha pesado la trasposición que ha hecho la legislación española sobre esta directiva europea. La Ley Orgánica 7/2014 aprobada el 3 de diciembre, un día antes de la excarcelación de Santi Potros y Alberto Plazaola, impone condiciones a la Decisión Marco 675/2008 de la UE. La ley española que traspone esta Decisión Marco establece que ésta no se aplicará a las condenas dictadas antes del 15 de agosto de 2010, como es el caso de Pikabea.

Viola la ley española

La Fiscalía, por su parte, también afirmaba que la normativa europea viola la Ley de Enjuiciamiento Criminal, concretamente su artículo 988, que establece que los delitos solo se acumulan cuando hubieran podido ser juzgados en un mismo proceso, es decir, cuando existe conexión entre los hechos por los que se les condenó en Francia y los enjuiciados luego en España. El Supremo también ha tenidoe en cuenta un reciente informe jurídico, que solo es interpretativo, de la Comisión Europa, que analiza cómo deben aplicar los Estados miembros la Decisión Marco de acumulación de penas, según adelantó El Mundo.

La Comisión dice que la obligación de tener en cuenta las condenas extranjeras debe ejercerse de conformidad con el Derecho nacional, y que puede haber limitaciones como que se fije una fecha a partir de la cual se reconozca eficacia a los fallos extranjeros. Justo lo que ha hecho España aprobando el mes pasado la Ley Orgánica 7/2014. Por último, la Comisión Europa indica que su Decisión Marco no obliga a acumular penas (y por tanto reducirlas) cuando el proceso judicial seguido en este caso en España se refiere a hechos anteriores a la condena en Francia.

Sin embargo, la opinión de la Sala no ha sido mayoritaria. Algunos magistrados han considerado que la Decisión Marco de la UE obliga a tener en cuenta las condenas pronunciadas por cualquier Estado miembro como si hubieran sido dictadas por un tribunal nacional, lo que, a su juicio, se traducía en la obligación de restar las penas cumplidas por los etarras en el país vecino.

Ni arrepentimiento ni colaboración

Esta decisión es un nuevo contratiempo para el EPPK, el colectivo que marca la línea oficial de los presos etarras, que ha visto como la política penitenciaria dictada por el Gobierno del PP apenas ha tenido cambios sustanciales para sus intereses desde que ETA anunciara el final definitivo de su actividad armada en octubre de 2011. Este inmovilismo no ha impedido un goteo incesante de excarcelaciones, 219 en estos tres años, a las que se sumarán otras 250 excarcelaciones de aquí a 2020, según fuentes penitenciarias consultadas. La aplicación del fin de la 'doctrina Parot' ha puesto de momento en la calle a unos 60 presos etarras. Ahora, la no aplicación de la Decisión Marco 675/2008, no reducirá la condena de muchos presos.

Mientras, los presos etarras siguen dando pasos muy tímidos dentro de la política penitenciaria. Hace unos días, en el diario Gara, el EPPK anunció que sus miembros no se arrepentirán ni delatarán a otros compañeros en procesos judiciales. Precisamente, los doce abogados del entorno de ETA detenidos este lunes por la Guardia Civil tenían entre sus funciones evitar el arrepentimiento de los presos y las vías penales de reinserción personalizadas, todo ello para favorecer la disciplina y la cohesión dentro del colectivo. Nada de arrepentimiento y de colaboración con la Justicia, dos de los puntos claves para conseguir beneficios penitenciarios.

El EPPK también ha solicitado el fin de la dispersión (su acercamiento a cárceles del País Vasco) y la excarcelación de reclusos enfermos. De momento, el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria tiene encima de la mesa 11 escritos de presos etarras solicitando su acercamiento al País Vasco para cumplir los años que les restan de condena. En cuanto a los 97 presos etarras encarcelados en Francia, también rechazan un hipotético traslado a España, algo que estarían negociando los Ejecutivos español y francés, ya que las condiciones en las cárceles francesas son mejores que las españolas.

Pero aunque no se ha producido un avance sustancial para los intereses de los presos en la política penitenciaria del Gobierno, sí se ha producido un lento pero imparable goteo de excarcelaciones, motivadas por el fin de cumplimiento de muchas penas y por en fin de la aplicación de la 'doctrina Parot'. Si en octubre de 2011 había 688 presos etarras, en octubre de 2014 había 469, 219 menos, según datos de Etxerat, la organización de apoyo a presos, que excluye de sus estadísticas a los 14 expulsados por ETA. Solo en 2014 han salido de prisión 81 etarras. Fuentes penitenciarias estiman que de aquí al año 2020 otros 250 reclusos de la banda saldrán de prisión.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento