Condenan a un hombre por agredir a un policía que acudió tras un altercado con un vecino

La Audiencia de Málaga ha confirmado la condena dictada por un juzgado contra un hombre por agredir a un agente de Policía que acudió al edificio en el que residía tras ser llamado por un vecino a causa de un altercado. Así, se ratifica la pena de un año de prisión y multa, además de a indemnizar a dos policías, que resultaron lesionados.

La Audiencia de Málaga ha confirmado la condena dictada por un juzgado contra un hombre por agredir a un agente de Policía que acudió al edificio en el que residía tras ser llamado por un vecino a causa de un altercado. Así, se ratifica la pena de un año de prisión y multa, además de a indemnizar a dos policías, que resultaron lesionados.

Los hechos sucedieron en junio de 2010. Según se declaró probado por el juzgado, y consta en la sentencia de la Sala, a la que ha tenido acceso Europa Press, el hombre, de nacionalidad búlgara, estaba en el rellano del edificio de Estepona (Málaga) entrevistándose con los agentes de la Policía Nacional que se habían desplazado al lugar.

Cuando un policía le dijo que se calmara, el acusado reaccionó "de forma violenta propinando un puñetazo en el pecho al agente", por lo que lo detuvieron, y ante el estado "de agresividad y nerviosismo que presentaba" tuvo que ser trasladado a un centro de salud, donde "comenzó a propinar patadas" a los agentes, lesionando a dos de ellos.

Ya en dependencias policiales, "sin cejar en ningún momento su actitud violenta y agresiva", se dirigió a uno de los policías que lo custodiaban y les dijo: "ves esa pared? Te voy a dar con tu cabeza con ella" y "te voy a voy a sacar un arma y te vas a enterar". Cuando fue tratado en el hospital se le diagnosticó un cuadro patológico de agitación, debido a ingesta de drogas y alcohol.

Por estos hechos, el juzgado condenó al hombre por un delito de atentado a la autoridad, a un año de prisión, con la aplicación de una atenuante; y por dos faltas de lesiones, imponiéndole el pago de una multa de 1.350 euros. Además, deberá indemnizar a los dos agentes que resultaron lesiones con 280 euros a uno y con 1.800 euros al otro.

Contra esta sentencia, la defensa presentó un recurso, al considerar que no se trata de un delito de atentado, sino de resistencia, pero la Sala rechaza este argumento, al apuntar que los hechos probados consisten en "varias acciones violentas que producen un resultado lesivo", siendo el acusado el que "toma la iniciativa en la agresión".

En este sentido, se añade que es una primera agresión cuando los agentes tratan de calmarlo lo que "desencadena la detención". Asimismo, el Tribunal de apelación rechaza también otras alegaciones sobre la atenuante aplicada, por lo que confirma íntegramente la sentencia del juzgado de lo Penal.

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