TSJC ve indicios de delito en la segunda querella de un constructor contra el juez Acayro

Por un presunto delito de descubrimiento y revelación de secretos

La magistrada de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), Paz Hidalgo, ha dado por finalizada la instrucción de la segunda querella del constructor Jon Loroño contra el juez Luis Acayro Sánchez, en este caso por un presunto delito de descubrimiento y revelación de secretos, y ha concluido que existen indicios de delito en la actuación del magistrado, titular del Juzgado de Instrucción nº 2 de Castro Urdiales.

La jueza ha firmado este martes un auto de transformación en procedimiento abreviado de las diligencias. Con esta resolución, contra la que cabe recurso, se abre el plazo para que las acusaciones formalicen sus escritos de acusación. Si los hubiere, la instructora procedería a abrir juicio oral contra el juez Acayro Sánchez.

La magistrada considera que el querellado pidió a la secretaria judicial de su Juzgado que accediera a la base de datos del registro de penados "sin que existiera resolución judicial dictada en procedimiento que se tramitara en el juzgado" contra el empresario querellante, y "sin indicar esta circunstancia a la secretaria, a fin de obtener para fines privados datos reservados del querellante".

Resalta que además "fueron utilizados mediante aportación de la hoja de consulta de antecedentes penales a las diligencias informativas que se estaban tramitando en el CGPJ".

Para la instructora, estos hechos ponen de manifiesto que Acayro Sánchez "actuó de manera voluntaria, con conocimiento del carácter reservado de los datos, accedió prevaliéndose de su cargo de magistrado-juez, por medio de la secretaria judicial, a la que requirió la consulta de antecedentes penales al margen de procedimientos judicial que lo amparase, y lo utilizó en perjuicio del titular de los mismos y en beneficio propio".

Señala el auto que los hechos descritos constituyen un delito de descubrimiento y revelación de secretos, sin que concurra la agravante de difusión. Por el contrario, entiende la magistrada que sí concurre la agravante de prevalerse del cargo para ejecutar la conducta.

Asimismo, responde a las alegaciones del querellado explicando que el acceso a los datos sensibles y su apoderamiento "comporta el daño", y que el hecho de que ya se conocieran los antecedentes penales del querellado por un reportaje periodístico "no elimina su carácter reservado a efectos jurídico-penales".

La instructora archiva la causa contra la secretaria judicial -que fue quien accedió al registro de penados- ya que "no existen indicios de la conducta dolosa".

Mostrar comentarios

Códigos Descuento