El Tribunal Supremo ha confirmado una condena a 4 años de prisión contra el responsable de un bar por los ruidos que generaba el establecimiento en una sentencia en la que expresa su sorpresa porque no se haya tenido en cuenta en el proceso la posible comisión de un delito de lesiones a los vecinos.
Una larga exposición a ruidos puede dar lugar a una lesión corporal
"Una larga exposición a ruidos que perturban el sueño, en el presente caso por lo menos seis meses, puede dar lugar en sí misma a una lesión corporal, en la medida en la que por lesión se debe entender una perturbación sensible del bienestar corporal", considera el Supremo.
"Perturbación sensible del bienestar corporal"
El Supremo explica que el condenado sabía del peligro generado por la explotación del restaurante para el medio ambiente "y tenía también conciencia del peligro que esto generaba para la salud de las personas que resultaron lesionadas por su acción", vecinos del mismo edificio y otro colindante con el bajo que ocupaba el establecimiento.
En este sentido, dice el alto tribunal, "es sorprendente que habiéndose producido una concreción del peligro no se haya tenido en cuenta en este proceso la posible comisión del delito de lesiones en concurso ideal con el de peligro".
Reconoce el derecho a no sufrir ruido "socialmente no aceptado"
Además, dos de ellos, según la sentencia, desarrollaron un cuadro clínico ansioso-depresivo que precisó tratamiento farmacológico.
Señala también que las personas tienen derecho "a que la porción de medio ambiente en la que viven una parte considerable de su vida esté protegido de todo ruido que no pueda ser considerado socialmente adecuado, como los que están legal y reglamentariamente proscrito".

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