Ceuta defenderá judicialmente su condición de autonomía y no de Ayuntamiento

  • El Ejecutivo de Ceuta ha presentado un recurso en el TSJA contra una sentencia para defender el carácter de Ceuta como Ciudad con Estatuto de Autonomía.
  • Esta decisión se produce después de que el fallo judicial considerara que la Ciudad Autónoma debe regularse por la misma norma que los ayuntamientos.
  • El recurso recuerda que el Estatuto establece los "órganos superiores" de la nueva Ciudad Autónoma, y recuerda la participación en los órganos de cooperación.
Vista de Ceuta.
Vista de Ceuta.
WIKIMEDIA
Vista de Ceuta.

La Ciudad Autónoma de Ceuta ha decidido defender judicialmente su condición de autonomía, como refleja su Estatuto de Autonomía, y no de un simple Ayuntamiento, a raíz de una sentencia que anula el nombramiento de cuatro viceconsejeros del Gobierno ceutí.

Según ha informado el Gobierno ceutí, el Ejecutivo de Ceuta que preside Juan Jesús Vivas (PP) ha dado luz verde a la presentación de un recurso en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla (TSJA) contra una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Ceuta para defender el carácter de Ceuta como Ciudad con Estatuto de Autonomía.

Esta decisión se produce después de que el fallo judicial considerara que la Ciudad Autónoma debe regularse por la misma norma que los ayuntamientos (la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local), de tal modo que la estructura de Gobierno debería estar limitada a ocho concejales electos.

"La sentencia ha ignorado el Estatuto de Autonomía, con el que se cerró la estructura territorial establecida en la Constitución, y que el Estado tiene la obligación de amparar y proteger", ha argumentado el portavoz del Ejecutivo, Emilio Carreira (PP).

Creación de órganos y atribuciones

El recurso recuerda que el Estatuto establece que los "órganos superiores" de la nueva Ciudad Autónoma, que alumbraba esa Ley Orgánica, "asumirán las funciones de los municipales" y que en él se dispone la creación de órganos y atribuciones que no tiene ningún ayuntamiento, como un presidente, una Asamblea, un Consejo de Gobierno, competencias de carácter autonómico, un sistema para las transferencias competenciales por parte del Estado y la posibilidad de presentar en las Cortes iniciativas legislativas, entre otras.

Además el recurso recuerda la participación de la Ciudad Autónoma en los órganos de cooperación con el Estado, el último la Conferencia de Presidentes y, antes otros, como el Consejo de Política Fiscal y Financiera, y donde el voto de Ceuta cuenta lo mismo que el de Andalucía, Madrid o Cataluña, y se apoya en sentencias del TSJA y en jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

Estas últimas sentencias, algunas de ellas referidas a Melilla pero válidas para Ceuta al tener un Estatuto similar, caminan en sentido contrario al del juzgado ceutí al reconocer el carácter local y autonómico.

Emilio Carreira ha recordado además que "no tiene sentido" tener competencias autonómicas y "la misma estructura de gobierno que Alpedrete", y que la capacidad financiera de la Ciudad no es comparable, ya que los ayuntamientos ni recaudan IVA, ni tienen garantizados unos ingresos por imposición indirecta ni reciben financiación autonómica.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento