La Corte Penal Internacional no investigará el ataque de Israel a la flotilla de Gaza en 2010

  • "En el análisis final he concluido por ello que los requisitos legales bajo el Estatuto de Roma para abrir una investigación no se dan", asegura el fallo.
  • En el ataque, el 31 de mayo de 2010, murieron once ciudadanos turcos.
  • Según ese Estatuto, la Corte Penal debe "priorizar crímenes de guerra cometidos a gran escal" y los crímenes objeto se sanción allí no lo son. 
Imagen de archivo del asalto a la flotilla humanitaria.
Imagen de archivo del asalto a la flotilla humanitaria.
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Imagen de archivo del asalto a la flotilla humanitaria.

La Corte Penal Internacional (CPI) no abrirá una investigación formal sobre el ataque de Israel contra una flotilla humanitaria que se dirigía a Gaza el 31 de mayo de 2010 y en el que fallecieron once ciudadanos turcos, anunció este jueves la fiscal del alto tribunal de la ONU, Fatou Bensouda.

Sin embargo, la fiscal sostuvo que tras un "análisis jurídico y concienzudo de la información disponible, hay una base razonable para creer que se cometieron crímenes de guerra bajo la jurisdicción de la CPI en uno de los buques, el Mavi Marmara, cuando las fuerzas israelíes de Defensa interceptaron la Flotilla de Libertad de Gaza" en esa fecha de 2010.

La fiscal explicó que "después de evaluar cuidadosamente todas las consideraciones relevantes, he concluido que el potencial caso o los potenciales casos que surgiesen probablemente a raíz de una investigación sobre este incidente no serían de una gravedad suficiente para justificar acciones adicionales por parte de la CPI".

El requisito de la gravedad es un criterio jurídico explícito establecido por el Estatuto de Roma, la carta fundacional del alto tribunal con sede en La Haya. La CPI recibió el 14 de mayo de 2013 por parte de la Unión de las Comores, archipiélago situado en el Océano Índico que ocupa el extremo norte del canal de Mozambique, entre Madagascar y la región suroriental del continente africano, una solicitud para investigar el asalto de fuerzas israelíes a la flotilla.

La Corte abrió entonces "un examen preliminar" del caso, recordó Bensouda, que recalca que "no minimiza de ninguna manera el impacto de los presuntos crímenes en las víctimas y sus familias", pero se tiene que guiar por el Estatuto de Roma. Según ese Estatuto, la CPI debe "priorizar crímenes de guerra cometidos a gran escala o ejercidos con un plan o una política".

"En el análisis final he concluido por ello que los requisitos legales bajo el Estatuto de Roma para abrir una investigación no se dan" y que por ende "el examen preliminar ha sido cerrado". Explicó también que el análisis de su oficina se ha basado en información pública y otras fuentes fiables y ha estado sujeto a una evaluación profunda, independiente e imparcial. La Unión de las Comores tiene el derecho de solicitar a los jueces de la CPI que revisen la decisión de Bensaouda de no proceder a abrir una investigación.

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